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INFORMACIóN DE LEYES

  • Consulta : 190551
  • Autor : xavadaba2608_NR
  • Publicado : Jueves 14 de Marzo de 2013 17:53 desde la IP: 207.126.248.6
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,114
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  • Autor
    Consulta

  • xavadaba2608_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas tardes,

    Solicito de la manera mas atenta, me puedan orientar. Tenemos un terreno mi esposa y yo en el estado de Oaxaca, solo que aun no hemos podido fincar, surgio una duda a raiz de un comentario con otro abogado de la zona, nos comento que despues de 5 años que una persona se dedica a cudiar un terreno, puede acreditarse como dueño?

    Esto es por un medio hermano de mi esposa, el cual va a revisar que todo se encuentre bien, fue petición de mi suegro (QEPD) y espero que esta persona no quiera realizarnos una demanda por lo mismo.

    Agradeciendo de antemano la atención prestada a la presente y en espera de sus comentarios, quedo de ustedes.

    Saludos...

     

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  • Autor
    Respuesta No: 384942

  • Carlo
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Xavadaba:

                         Me inquieta saber que tipo de propiedad es el terreno: privada, ejido o comunal y que tipo de documento tienes para acreditar que es tuyo.

                         Te comento que cualquiera puede ostentar una propiedad como dueño, simplemnete el justo titulo es el que habla, para el caso en concreto de la persona que te cuidada el terreno, si bien es cierto, lo hace de manera pacífica, continua, pública, "ojo", tambien lo es que, no a titulo de dueño, esa persona unicamente tine la posesión precaria del Inmueble y no la Posesión Civil.

                         Luego entonces no te apures, simplemnete aplicate en pagar tus Impuestos a que de lugar tal propiedad, y otro "ojo", de manera que si sigue así el asunto en 15 o 20 años mas, depende de la ley Civil en tu Estado, si te pudiese inquietar legalmente la posición en la que esta ctualmente la persona que cuida el predio,saludos.



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