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PORTACIóN DE ARMAS, Y DEFENSA LEGíTIMA.
- Consulta : 239703
- Autor : fernandokuri_NR
- Publicado : Lunes 25 de Agosto de 2014 17:35 desde la IP: 177.227.96.123
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,121
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 25 de Agosto de 2014
Estado de Referencia: Querétaro
Buenas tardes,
Mi consulta es acerca de la portación de armas, puesto que en la situación actual, siento necesario tener una en casa para sentirme más seguro. Quisiera saber el procedimiento y los límites de acción que se tienen en caso de recibir un asalto tanto en mi casa, como en la calle.
De antemano gracias por su atención, soy ciudadano sin servicio militar.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 363806
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Agosto de 2014 18:04 2014-08-25 18:04 desde IP: 189.251.53.97
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Autor
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AutorRespuesta No: 363828
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Agosto de 2014 20:14 2014-08-25 20:14 desde IP: 189.234.166.90
pero para tener una en ru casa.. nunca para portar. armas en la calle... por ninguna causa... eso no es legitima defensa...
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Autor
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AutorRespuesta No: 363836
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Agosto de 2014 20:35 2014-08-25 20:35 desde IP: 201.152.238.66
Efectivamente como lo señalan los forista anteriores, debe acudir a la Secretariaa de la Defensa Nacional para registrar el arma que desee, exceto las de uso exclusico del Ejercito y Fuerza Aerea Mexicanos y las prohibidas por la Ley.
Existen dos tipo de registro de portacion y de posesion, el de su caso seria el de posesion, la cual no puede Usted portar, ni utilizar en otro docmililio, sino unica y espeficicamente en el domicilio para el cual quedo registrada.
Existen portaciones de armas que son para deporte, asi como para comuneros, ejidatarios y jornalesros, la cuales no pueden utilizar en una zona ubana.
Saludos.
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Autor






