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CADUCIDAD DEL JUICIO
- Consulta : 168279
- Autor : sarit_NR
- Publicado : Jueves 06 de Septiembre de 2012 10:50 desde la IP: 148.220.164.100
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,114
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 06 de Septiembre de 2012
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AutorRespuesta No: 283745
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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Septiembre de 2012 11:18 2012-09-06 11:18 desde IP: 187.162.22.224
Buenos dias.
ESTA ES MI OPINION, el juicio en mecion no tiene caducidad solo se queda inconcluso, este expediente se va a archivo y todo regresa en el estado en que se encontraba a esto se le llama CADUCIDAD DE LA INSTANCIA, este reinicia realizando la promocion de alguna de las partes o los sujetos que establece la ley, que inclusive puede ser el ministerio publico, esto es por que LOS ALIMENTOS SON DE ORDEN PUBLICO Y DE URGENTE NECESIDAD.
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