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DEVOLUCIóN DE CREDITO INFONAVIT
- Consulta : 167767
- Autor : mosco_rls_NR
- Publicado : Domingo 02 de Septiembre de 2012 22:39 desde la IP: 189.130.174.46
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,117
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 02 de Septiembre de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 283271
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Fecha de respuesta: Domingo 02 de Septiembre de 2012 23:19 2012-09-02 23:19 desde IP: 187.160.183.56
Lo que usted debe hacer es acudir personalmente a las oficinas de Infonavit a solicitar la información que requiere.
Es importante hacer notar a usted y a otros consultantes que este es su sitio que brinda ASESORIA JURIDICA, es decir, a todos aquellos que son omisos en algún asunto LEGAL, ocasionalmente y como resultado de nuestro diario bregar por la vida y por nuestra profesión, sabemos como se realizan algunas gestiones Institucionales, pero difícilmente podremos brindar una adecuada recomendación, cuando son asuntos de mera tramitología, salvo que algún forista participante conozca o labore en este caso en el Infonavit.
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Autor
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AutorRespuesta No: 283297
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Fecha de respuesta: Lunes 03 de Septiembre de 2012 11:28 2012-09-03 11:28 desde IP: 189.252.105.242
Totalmente de acuerdo con dorae este portal es para orientacion, asesoria, comentar y analizar diversos aspectos juridicos en distintos ambitos principalmente en lo que respecto al litigio, sin embargo me atrevo a aportar la siguiente orientacion ya que el suscrito soy apoderado del instituto y como tal le informo que actualmente el instituto, a raiz de la modificacion al articulo transitorio 8 de la ley del INFONAVIT esta realizando la devolucion del fondo de vivienda (ya sea por que no se ejerció el crédito o bien por que existe un remanente en dicho fondo) solo a pensionados o beneficiarios de éstos, por lo que si no eres pensionado o jubilado no sera posible que se te devuelva cantidad alguna.
Ahora bien en el supuesto de que. efectivamente, seas pensionado o jubilado lo unico que debes hacer es acudir a la oficina del instituto con tu calbe interbancaria donde te depositan tu pension, tu credencial de elector y tu resolucion del IMSS donde te otorga la pension o jubilacion en su caso.
Te reitero la ley del INFONAVIT se modifico en este 2012 por tanto ya no es necesario el tramite de un amparo o de un juicio laboral para la devolucion de los recursos si ya eres pensionado. No te dejes sorprender.
Espero haber sido util.
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