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PODERES PROTOCOLIZADOS ANTE NOTARIO DEL ESTADO DE MéXICO

  • Consulta : 186710
  • Autor : ameperez_NR
  • Publicado : Jueves 14 de Febrero de 2013 12:37 desde la IP: 170.169.127.30
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,111
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  • Autor
    Consulta

  • ameperez_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Tengo el caso de un cliente cuya asamblea la celebró en el DF, por ser éste su domicilio social, entre otros, en esta asamblea se otorgaron poderes generales a varios apoderados.  En el testimonio expedido por el notario,  la cláusula en la que se registran los dichos poderes no se incluye el fundamento legal, solamente al final del testimonio el notario transcribió el artículo 7.771 del Código Civil para el Estado de México.

    Estos poderes al otorgase ante notario del Estado de México y no contener vigencia, le es aplicable la vigencia de 3 años que se estipula en el Código de este estado?

     

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