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ALIMENTOS
- Consulta : 171094
- Autor : jluisge
- Publicado : Jueves 27 de Septiembre de 2012 11:42 desde la IP: 189.177.78.157
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,123
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 27 de Septiembre de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 286689
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Fecha de respuesta: Jueves 27 de Septiembre de 2012 11:43 2012-09-27 11:43 desde IP: 189.234.195.49
los pensionados estan libres de dar alimentos...
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Autor
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AutorRespuesta No: 286694
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Fecha de respuesta: Jueves 27 de Septiembre de 2012 11:59 2012-09-27 11:59 desde IP: 189.177.78.157
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Autor
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AutorRespuesta No: 286699
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Fecha de respuesta: Jueves 27 de Septiembre de 2012 12:17 2012-09-27 12:17 desde IP: 189.234.195.49
tu pidela al juez... y vas a ver que pasa...
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AutorRespuesta No: 286724
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Fecha de respuesta: Jueves 27 de Septiembre de 2012 13:31 2012-09-27 13:31 desde IP: 201.141.5.24
Tienes que acudir a tu juzgado de lo familiar que conocio de tu asunto, y debes solicitar que se gire un oficio al ISSSTE a efecto de que ahora sea directamente él quien realice los descuentos por concepto de pensión alimenticia, lo que si puede pasar es que te den menos dinero del que te daban ya que cando los trabajadores se pensionan no perciben los mismos ingresos que cuando son trabajadores activos.
ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS
ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR
LIC. VALERIA ORTIZ RUBIO ANZORENA, LIC. LIZETH RUIZ GARAY
TEL. 47513179
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