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FUNDAMENTO INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL

  • Consulta : 268886
  • Autor : nomina_NR
  • Publicado : Lunes 15 de Junio de 2015 16:03 desde la IP: 187.188.149.19
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,107
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  • Autor
    Consulta

  • nomina_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    Buenas tardes¡¡ Trabajo de encargada de nominas y quisiera saber en que parte de la Ley del IMSS, se fundamenta que no se puede dar de baja a un trabajador con Incapacidad Permanente Parcial.   El 30 de abril de 2012, un trabajador se accidenta y termina su Riesgo de trabajo el día 09 de enero de 2013. Presento la declaracion para determinar mi prima en el 2013 y me envian un dictamente el 23 de noviembre de 2013 en donde a este trabajador por su accidente se le determina su incapacidad al 20%.  Sin embargo, el trabajador el día 27 de abril de 2013, decide ya no laborar con nosotros, y se le liquida en forma legal, dando su baja ante el IMSS, el 27/04/2013.  El trabajador ingresa a laborar en otra empresa el día 08/08/2013. Y yo presente mi declaracion de riesgos de trabajo tomando en cuenta el dictamen de la IPP.

    En el 2015, presento mi declaracion de Riesgos de Trabajo y determine la prima del 2.3689%. A los 22 días el IMSS me revoca la prima que autodermine, porque no agregue el porcentaje de la IPP del trabajador que se le dio de baja en abril de 2013. Alegandome que en ningun momento la empresa debio haber presentado aviso de baja, por estar incapacitado, enviandome multas por los meses de marzo, abril y mayo de 2015. y subiendo la prima al 4.3689%.

    ES CORRECTO, LO QUE ESTA HACIENDO EL IMSS, O CON QUE FUNDAMENTO LEGAL PUEDO PONER EL AVISO DE INCONFORMIDAD POR LO QUE SE ME ESTA DETERMINANDO.

     

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