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PUEDE SER REVOCADO ALGO YA JUZGADO
- Consulta : 195157
- Autor : callado65_NR
- Publicado : Jueves 25 de Abril de 2013 12:01 desde la IP: 187.171.170.70
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,120
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 25 de Abril de 2013
Estado de Referencia: Veracruz
Hola, hace unos años puse una demanda mercantil, hace màs de un año, el juez dictamino que el demandado pagara la deuda, pero hace como 8 meses esta persona ya habia hecho 3 pagos en el juzgado y me dijeron que habia puesto un amparo para que le dieran màs tiempo para liquidar la deuda, bueno, eso es lo que mi abogado me dijo, mi pregunta es cuanto tiempo tengo que esperar a que esta persona me termine de pagar, y si con el amparo èl puede hacer que el juez revoque la orden de pago y ya no reciba mi dinero.
gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 314837
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Fecha de respuesta: Jueves 25 de Abril de 2013 14:54 2013-04-25 14:54 desde IP: 187.233.164.132
Buena tarde:
Cuando se emite una sentencia, el Juez condena al demandado suerte principal accesorios, gasto y costas, el demandado pudo haber interpuesto dependiendo la cuantía, recurso de apelación o amparo, esto no tiene nada que ver con alargar el plazo de pago ya que no se trata de un convenio, lo que debe de hacer su abogado es realizar la ejeción de los bienes embargados, si el proceso fue llevado de forma correcta no puede revocarse la sentencia de primera instancia.
Saludos cordiales.
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Autor
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AutorRespuesta No: 314845
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Fecha de respuesta: Jueves 25 de Abril de 2013 15:39 2013-04-25 15:39 desde IP: 189.234.225.246
el amparo no revoca... cambio o sustituye... los terminos de pagho pactados o reconocidos... solo los distancia en un tiempo... mientras el resultado del amparo se dicta... diciendo si la justicia de la unión... ampara y proteje....
tu abogado te explica... pero tu... puedes caucionar... y rematar los bienes del demandado ...si se le concede... le entrega la fianza... si no se le concede... recupéras tu fiuanza y ya te pagaste con el remate de sus bienes...
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