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REVOCAR O EXTINGUIR UN PODER NOTARIAL

  • Consulta : 245589
  • Autor : sahi_1789_NR
  • Publicado : Lunes 20 de Octubre de 2014 13:20 desde la IP: 201.110.113.79
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,121
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  • Autor
    Consulta

  • sahi_1789_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Hidalgo

    Hola mi nombre es Guilermo!!

    Mi problema es el sig.,  soy dueño de un bien inmueble hace 5 años firme un poder notarial a mi tia por 10 años porque no me encontraba cerca del bien para cuidarlo desde entonces mi tia a estado rentando el inmueble sin darme dinero alguno ahora q lo se quiero revocar ese poder ya q estoy en la facultad de poder hacerlo yo mismo quisiera saber que necesito hacer porque no recuerdo mi folio ni la fecha en que lo firme pero si se en que notaria y con quien las preguntas son:

    que debo hacer para revocar o extinguir el poder?

    se puede aunq todavia no pasen los 10 años?

    es el mismo procedimiento ya que la notaria esta en ecatepec, yo naci en el estado 

    cuanto me costaria aproximadamente?

    en cuanto tiempo podra ser resuelto mi caso?

    hay problema si el notario es muy amigo de mi tia que no me de la revocacion?

    ayuda xfavor !!!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 368589

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

     

     

     

    Antes que nada, debo decirle que el contrato de arrendamiento celebrado por su tíen en su carácter de su apoderado, surten todos sus efectos legales, toda vez que en la fecha en que los llevó a cabo, contaba con las facultades que usted le confirió; por tanto, usted está obligado a cumplir con dichos contratos, tanto en los términos que se celebraron como respecto los derechos que a los arrendatarios concede el Código Civil del Estado de Hidalgo (lugar que usted señala como el de su referencia), en caso que el inmueble arrendado se ubique en esa Entidad, o bien, los que prevea la legislación civil del lugar en que se encuentra la finca.

    Respecto la revocación del poder, tendría que acudir ante el Notario que lo otogó e informarle que comparece a revocar el mandato, lo que deberá hacerse con las mismas formalidades con que se expidió; sólo el Notario podría informarle el costo de sus honorarios y el tiempo que podría tardar en notificar a la apoderada la revocación del mandato.



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