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SOBRE PRUEBA DE PATERNIDAD
- Consulta : 113237
- Autor : Mario_27
- Publicado : Miércoles 18 de Mayo de 2011 20:43 desde la IP: 201.161.189.210
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,123
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 18 de Mayo de 2011
Buenas tardes,
Espero que alguien pueda orientarme en esta situacion, mi ex novia esta embarazada y el niño estoy casi seguro que es mio, no ha nacido aun... yo he acordado con ella en un par de cosas y le di el dinero para gastos pre parto y parto. Aun asi yo si quisiera recurrir a una prueba de paternidad, mi pregunta es... una vez haciendo la prueba de paternidad y en caso que sea negativo, ella tiene derecho de pedirmela nuevamente? o ya es una sola y definitiva? y ... para prueba en caso judicial, uno puede pedir la prueba donde guste o el juzgado le da la clinica a uno? esto es solo en caso si me voy a juicio. Y esta seria ya definitivo? hay mas pruebas que pueden seguirle para demostrar la paternidad?
Gracias por cualquier informacion que puedan darme.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 223749
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Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Mayo de 2011 21:49 2011-05-18 21:49 desde IP: 189.230.8.54
Hola Mario_27:
No soy abogado, pero puedo decirte lo siguiente:
Te recomiendo que preguntes a un ginecólogo obstetra sobre las posibles fechas de fecundación. En los ultrasonidos de rutina aparece la semana de gestación (crecimiento del embrión, feto, bebé). Inicialmente eso te podría dar indicios sobre tu paternidad.
Por ahí de la semana 25 se puede hacer una prueba (Amniocentesis) en la cual extraen líquido amniótico para determinar las condiciones genéticas del bebé y quizá ahí podrías aprovechar para solicitar la prueba a la que haces referencia. Tiene ciertos riesgos para el embarazo pero eso te lo podrá confirmar el ginecólogo obstetra.
Después del reconociento del bebé (o sea que lo lleven a registrar) se complican jurídicamente las cosas con respecto de la prueba de paternidad. Eso te lo podrán decir los Abogados participantes de este foro.
Y como un mal consejo, mejor no firmes nada hasta que estés completamente seguro. Porque la Patria Potestad no es renunciable y luego vienen los pleitos, la Pensión Alimenticia y lo peor de todo es que los hijos también salen lastimados.
Ibarra.
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Autor
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AutorRespuesta No: 223752
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Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Mayo de 2011 21:57 2011-05-18 21:57 desde IP: 189.177.7.153
Hola buen dia.
Usted puede hacerse la prueba donde guste. Si sale negativa o positiva si no estan casados necesita usted forzosamente ir al Registro Civil para que figure su nombre y apellido en el acta del menor.
Si fuere negativa y ella vuelve a pedir prueba de paternidad esta en todo su derecho pues podra argumentar que la clinica donde se practico hubo contaminacion en la muestra etc etc... Normalmente al ser una prueba pues ella puede ofrecerla obvio señalara el laboratorio y si usted no esta de acuerdo con el contenido ofrecerá de su parte su laboratorio y de ser inconsistentes se nombrará un tercero por parte del juez donde ya sera DEFINITIVO.
La prueba que da un 99.99% de seguridad es ADN por lo que sería geneticamente la prueba idonea. NO habría mas prueba contundente que esa pues testimoniales que señalen haberlo visto con ella besandose etc etc no son elementos probatorios solidos para acreditar la paternidad. Por ello ADN es lo correcto.
Saludos
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Autor





