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URGENTE SOBRI MI LIQUIIDACION

  • Consulta : 240469
  • Autor : mtlm_NR
  • Publicado : Lunes 01 de Septiembre de 2014 17:53 desde la IP: 189.142.77.82
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,123
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  • Autor
    Consulta

  • mtlm_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Hidalgo

    me despidieron de un dia a otro  si motivo. llevo laborando en la empresa 29 años . y deceo saber cuanto me corresponde

    de mi liquidacion y si tengo derecho a prima por antiguedad . cuanto seria lo que me corresponde

    ya gano . 197.00 pesos diarios via nomina semanal es un total de 1379.00

     

    necesito saber cuanto me corresponde en total de liquidacion y finiquito.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 364645

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Lo que le corresponde con motivo del despido injustificado de que ha sido objeto, y en caso que opte por demandar el pago de la indemnización constitucional, y no la reinstalación, son las siguientes prestaciones:

    3 meses de salario por concepto de indemnización constitucional;

    12 días de salario por cada año de servicios prestados, por concepto de prima de antigüedad, prestación que se paga, no con su salario real, sino con 2 veces el salario mínimo delárea geográfica en que prestó el servicio.

    Vacaciones y prima vacacional, y parte proporcional de aguinaldo 2014.

    Adicionalmente, sueldos y prestaciones ordinarias devengadas y no pagadas al momento del despido; además de otras prestaciones que, el abogado que lo asista, determinará de la información más completa que le proporcione en la entrevista con él.

    Asístase de abogado especialista en Derecho Laboral, a fin de que, sin demora, presente la demanda ejercitando la acción que usted elija (reinstlación o indemnización constitucional); adicionalmente a lo ya señalado, en la demanda también tendrá derecho a demandar el pago de salarios caídos hasta por 12 meses, y transcurrido ese plazo sin que se dicte ellaudo o bien, pronunciado, sin que la empresa de cumplimiento al mismo, a partir delaño, a un interés del 2% sobre la cantidad que resulte de 15 meses de salario.}

    Como recomendación, no firme ningún documento al patrón, ni renuncia, ni finiquito, liquidación o cualquier otro que le exija, pues podrá valerse de él para aducir que no lo despidió, sino que usted renunció voluntariamente y hacerlo perder así el derecho a su indemnización.



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