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MEDIO DE IDENTIFICACIóN ACEPTADO
- Consulta : 102408
- Autor : sotermx
- Publicado : Jueves 17 de Febrero de 2011 13:58 desde la IP: 201.174.49.162
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,072
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 17 de Febrero de 2011
En la Junta Especial 31 de la Federal de Conciliación y Arbitraje con cede en Cuernavaca, Morelos, la Presidenta, no permite otro medio de identificación, mas que presentar la credencial para votar con fotografía.
Hay personas que acuden a la Junta para presentar un convenio (fuera o dentro de juicio indistintamente) y no les recibe el trámite si no llevan la credencial de elector, aunque presenten pasaportes vigentes, cartillas de servicio militar o cédulas profesionales. Dice que no son confiables, que son de facil falsificación y que existe una circular u oficio interno, que no les permite recibir otro medio de identificación...
Porsupuesto como trabajadores somos afectados porque no podemos obtener nuestro finiquito o prestación por esa vía.
¿Qué puedo hacer?
¿De verdad no existe otro medio de identificación aceptado?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 211052
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Febrero de 2011 14:56 2011-02-17 14:56 desde IP: 189.247.184.172
no estas asesorado por algun abogado de la procuraduria del trabajo o algo asi, pues claro que el pasaporte es un documento oficial y las circulares internas o demas cuestiones similares no estan por encima de la ley, por lo cual deben de recibir otro tipo de docuemntos siempre que sean oficiales y tenga fotografia siempre que esten vigentes
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Autor
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AutorRespuesta No: 211113
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Febrero de 2011 19:47 2011-02-17 19:47 desde IP: 189.208.200.29
Como te lo señala el anterior forista, debes asistirte de un abogado especialista en derecho laboral, pero que no sea uno de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, pues él no hará nada para combatir la ilegal decisión de la Presidenta de la Junta al exigir que solamente puedan identificarse con la credencial para votar, siendo que la Ley Federal del Trabajo no señala expresamente que el trabajador deba identificarse con algún documento oficial específico, al momento de recibir el pago de las prestaciones que legalmente tienen derecho a cobrar.
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Autor
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AutorRespuesta No: 211118
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Febrero de 2011 20:28 2011-02-17 20:28 desde IP: 189.171.161.72
Estimado consultante:
Ante la estrechez de raciocinio jurídico de ese tipo de funcionarios, le recomiendo contratar los servicios de un Notario Público a efecto de que, en unión suya se apersone en la Junta Especial que lleva su asunto donde Usted solicite nuevamente la entrega del documento de pago y exhiba asimismo la identificación con la que cuenta actualmente.
Le aseguro que, una vez que el Notario se identifique como tal ante cualquiera de los funcionarios y les exponga que tiene su visita el objetivo de dar fe de hechos, le aseguro que la actitud de dichos funcionarios cambiará radicalmente. Le darán mil explicaciones para tratar de atenuar las consecuencias de las negativas que previamente le dieron a su o sus identificaciones, y al final, le aceptarán la que tiene y porte consigo y le entregarán el cheque o documento de pago.
Con el acta circunstanciada que levante el Notario, Usted a su vez podrá presentar una queja administrativa en contra de los referidos funcionarios y exigir que se le reembolse los gastos y honorarios notariales y cualquiera otro que legalmente pueda Usted comprobar.
Saludos cordiales.
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