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JUICIO DE PATERNIDAD
- Consulta : 202069
- Autor : claudita-1978_NR
- Publicado : Sábado 29 de Junio de 2013 16:33 desde la IP: 189.159.54.61
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,111
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 29 de Junio de 2013
Estado de Referencia: Tamaulipas
buenas tardes el papa de mi bebe demando un juicio de paternidad me estan notificando mi niña tiene tres meses al octavo mes de embrasada me aleje de el por que era violento agresivo y note que esta mal de la cabesa m regañaba por todo amenaso ami mama y hermanos ami gritos y mas gritos m pedia dinero prestado y yo le crei ke me lo devolveria en efectivo y una tarjeta de credito m e hiso que sacara yo no tengo como comrpobar el dinero en efectivo que me pedia prestado y la tarjeta lepuse de plaso antes de k naciera mi bebe y tampoco la pago ahora la estoy pagando yo entotal 25 mil pesos esta ami nombre dicha tarjeta me marca ami cel , y telf de casa anda en un carro me amedrenta no quiero que conoscoa ami bebe por que tiene ataques raros de cambio de humor ,que hago vive aqui en mi ciudad , luego viaja y es de otro estado y ha vivido en otro y el me conmento que soy la tercer mujer con quien vive de la segunda tiene dos hijos yo note que no les manda dinero que hago por que no quiero que vea ami bebe solo vivimos dosmeses nunca me dio dinero me dijo que me aliviara en un hosp chafa yo estaba mal d la presion y azucar seme subia por que me acuso enel dif ni fui solo alegue que estaba mal de salud amenasoami familia ami me regañaba por todo no me dio dinero el no tiene trabjo fijo no se por que demanda el reconocimiento de paternidad si no tiene nada estable y yo no quiero que la conosca
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 319886
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Fecha de respuesta: Sábado 29 de Junio de 2013 23:30 2013-06-29 23:30 desde IP: 189.234.197.102
No dices nada... E demando ante un juzgado? O no...
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Autor
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AutorRespuesta No: 327043
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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Septiembre de 2013 09:10 2013-09-27 09:10 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
Si el padre de su hija demanda el reconocimiento de la paternidad y acredita, a través de la prueba de ADN que es su progenitor, el juez ordenará que su nombre se inscriba como padre de la niña en el acta de nacimiento del Registro Civil.
Y todo lo que usted argumenta, no es causa para que el juez ordene lo contrario, ya que lo que se ventila es si él es o no el padre de la menor, y considerando que uno de los derechos fundamentales de los niños, protegidos por la Constitución federalo y tutelados por los Convenios de los que México es parte, es el relativo a la indentidad de los infantes, ese derecho puede quedar debidamente protegido, cuando quien reclama la paternidad de un niño y demuestra que es quien lo engendró, se le reconozca como padre, a fin de que el hijo pueda saber quién es su asendiente.
Por otra parte, demostrado que él es el padre, en el mismo juicio el juzgador fijará la pensión alimenticia que deberá otorgar a su hija, y establecerá las bases para que la niña conviva con su padre, ya que éste también es un derecho del menor, no de los padres; en caso que incumpla con el pago de la pensión alimenticia que ordene el juez, entonces usted podrá proceder en su contra, presentando la denuncia correspondiente ante el agente del Ministerio Público por la comisión del delito de incumplimiento a las obligaciones alimentarias.
Asimismo, y dependiendo de la evolución en que se de la relación paterno-filial, si se dan las circunstancias previstas en la ley para que el padre de la niña pueda ser condenado a perder la patria potestad, usted también estará en aptitud de promover el juicio correspondiente.
Por lo pronto, lo que usted debe hacer es asistirse de un abogado especialista en derecho de familia, a fin de que proceda a contestar la demanda, oponiendo las excepciones y defensas que eestime pertinentes, y ofrezca las pruebas necesarias para acreditarlas; si carece de medios económicos para solventar los honorarios de un abogado particulaar, acuda al Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Tamaulipas, en donde le asignarán a un defensor de oficio que la asista y asesore.
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Autor
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AutorRespuesta No: 327046
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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Septiembre de 2013 09:21 2013-09-27 09:21 desde IP: 189.163.159.178
No podrá usted oponerse a que el padre reconozca a la menor... si demanda la paternidad y la prueba el Juez ordenará al Registro Civil inscribir el nombre del padre en el acta de la niña con el correspondiente derecho de convivencia asi como la obligacion de ministrar recursos.
Pero usted puede a traves de la DEMANDA RECONVENCIONAL pedirle los alimentos no ministrados de la menor desde su nacimiento hasta la fecha (Incluso gastos del parto etc etc) si el no cumple como estoy seguro no lo hará.... pasados unos meses usted podrá demandar el divorcio y la PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD para que éste no tenga derecho alguno sobre la menor y pueda estarla amenazando con quitarle a la menor y al ir a ver a la misma tenga el pretexto para seguir un vinvulo con usted.
No pasa por alto una cosa. USTED solo USTED le escogio el padre a la menor. Me llama la atencion como hay personas que duran meses o años en un noviazgo se casan y despues se quejan amargamente porque el hombres es de esta o de aquella forma si cuando pudieron poner solucion al asunto sin consecuencia para terceros no lo hicieron.
Saludos
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