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BASE DE CALCULO DE PENSIóN ALIMENTICIA

  • Consulta : 260436
  • Autor : paco7311
  • Publicado : Lunes 23 de Marzo de 2015 18:06 desde la IP: 141.191.20.3
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,109
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  • Autor
    Consulta

  • paco7311
    USUARIO REGISTRADO

    Buena tarde:

    Mi consulta es acerca de la base para el calculo de la pensión alimenicia, hace poco tiempo cambie d etrabajo por lo que llego el escrito para el descuento de pensión alimenticia de mi hijo, qu epor cierto ya cumplió 18 años, la empresa comenzó a descontarme el 20% de mi salario que es lo que estipulaba el escrito, solo que lo hace del salario bruto, en mi anterior empleo me hacían el descuenteo despues de descontar impuestos, fui con Recursos Humanos para exponerles esta situación y me dijeron que ellos no podían hacer nada que así lo descontaban yque fuera con el juez para que el indicara la orma del descuento, buscando un sustento legal a esta situación encontré lo siguente:

    Registro No. 178079

    Localización:
    Novena Época
    Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
    Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
    XXII, Julio de 2005
    Página: 1368
    Tesis: I.3o.C.493 C
    Tesis Aislada
    Materia(s): Civil

    ALIMENTOS. LA BASE SALARIAL QUE INTEGRA LA CAPACIDAD ECONÓMICA DEL DEUDOR NO INCLUYE LAS CANTIDADES POR DEDUCCIONES AL SALARIO PARA EL PAGO DE CRÉDITOS QUE SATISFACEN NECESIDADES DEL ACREEDOR ALIMENTARIO O DEL PROPIO DEUDOR.

    La base salarial que sirve para el cálculo del porcentaje decretado como pensión alimenticia, está conformada por la cantidad neta resultante con posterioridad a los descuentos que legalmente deben hacerse a la suma bruta devengada por el deudor alimentario, y, por regla general, sólo pueden formar parte de las deducciones excluidas de esa base salarial alimentaria, aquellas que se realizan por imperativo legal, como las fiscales, no así las contraídas personal y voluntariamente por el deudor alimentario, como son las provenientes del pago de préstamos de vivienda o mutuos de algún otro tipo, incluyendo los otorgados por el Instituto Nacional del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), pues de no haberse adquirido esas obligaciones libremente, el numerario retenido ingresaría directamente en su patrimonio, aunque, de hecho, ya entró previamente al haberse obtenido el préstamo, es decir, obtuvo dinero sobre el cual ningún descuento por concepto de alimentos se practicó. Sin embargo, deben considerarse como excepción a esta regla general los casos en que los préstamos están destinados a satisfacer necesidades ingentes del propio deudor o de los acreedores alimentarios, porque en esos supuestos debe atenderse a la causa que originó la solicitud de cantidades a terceros por parte del deudor, a fin de establecer si deben o no quedar excluidas de la base alimentaria las sumas correspondientes a tales préstamos. Por ende, y atendiendo, además, al principio de que los alimentos deben ser proporcionados conforme a la capacidad económica del deudor, cuando el deudor alimentario está cubriendo un préstamo que le fue otorgado por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para adquirir la vivienda en donde habitan los acreedores alimentarios, de tal suerte que el deudor con ese inmueble cumple con uno de los elementos de los alimentos, como la habitación, debe estimarse que dicho préstamo queda excluido de la base salarial alimentaria, hasta en tanto se cubra en su totalidad.

    TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

    Amparo directo 229/2005. 21 de abril de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Secretario: Raúl Alfaro Telpalo.

     

    Mi pregunta es, puedo yo ir a Recursos Humanos y basado en esta tesis pedir que me hagan el descuento como lo dice aquí?

    LO pregunto porque ya contacté aun abogado y este me dice que debe meter una incidencia pero se tarda demasiado en los tramites, y luego se pierde de vista y dependo de su tiempo y su disponibilidad, y la verdad me desespera esta situación ya que segun esta tesis los abogado de la empresa deberian de saber sobre que base se hace el descuento como lo hacían en mi anterior empleo, logicamente lo que me descuentan demas disminuye mi liquidez y yo tengo mi nueva familia y dos hijos en edad escolar....

    O tengo que esperar a que el abogado sea quien haga el tramite de la incidencia?

     

     

    Saludos y gracias por su atención

     

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