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VACACIONES NO LIQUIDADAS / AL MODERADOR FAVOR DE LEER AVISO AL COMIENZO
- Consulta : 231764
- Autor : Pregunton.01
- Publicado : Jueves 05 de Junio de 2014 13:40 desde la IP: 201.172.203.67
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,127
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 05 de Junio de 2014
Aviso: intente hacer la consulta en el foro adecuado (sala laboral), sin exito por ello lo tuve que publicar aqui, me interesa una respuesta pronta, gracias por comprender
Mi consulta es un poco confusa, tratare de ser lo mas claro posible
presto servicios para el estado de manera temporal
Por razones agenas a mi control, la prestacion de vacaciones no la he podido disfrutar en varios periodos, sin embargo mi mayor interes, no es disfrutarlas, sino recibir el pago de la prima vacacional
Ahora bien, la empresa otorga un beneficio anual con el cual los trabajadores pueden gozar de X ausencias, sin perdida de salario, antiguedad y demas prestaciones. En caso de que NO sea usada esa prestacion, la empresa liquida esos X dias en efectivo via nomina. Al cambio de anualidad, el ciclo comienza de nuevo.
Si la empresa liquida esas "no ausencias" por que NO liquida las vacaciones del mismo modo? (cae en contradiccion)
Ahora, al cambiar de regimen contractual (de temporal a permanente) la empresa revisa los periodos de vacaciones NO disfrutados y los suma a la antiguedad como tiempo laborado, por ENDE reconociendo dichos periodos.
Existe algun recurso o sustento legal, para obtener el pago de dicha prestacion?
gracias de antemano
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 356416
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Junio de 2014 15:33 2014-06-05 15:33 desde IP: 189.244.8.26
Si esta confusa su consulta...dice que presta servicios para el Estado....dice que los trabajadores "gozan" de ciertos beneficios...dice que la "empresa" liquida prestaciones....,,
Si Usted presta sus Servicios, es por que tiene un Contrato de Prestacion de Servicios como comisionista u Honorarios y de ser asi, no tiene derecho a las prestaciones del Estado, por que no es empleado directo (permanente o base presupuestal)....pero al cambiar el status de Prestador de Servicios a Base Presupuestal, no es que reconozcan las vacaciones y prima vacacional para efectos de "antiguedad", sino, descontando los dias de vacaciones solo cuentan los dias laborados, toda vez que Usted era empleado eventual.
Saludos.
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