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PAGO DE PENSION POR MEDIO ELECTRONICO DE UN TRABAJADOR DE LA PGF
- Consulta : 229460
- Autor : janethgall_NR
- Publicado : Martes 13 de Mayo de 2014 20:38 desde la IP: 201.124.244.197
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,128
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 13 de Mayo de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola:
La situación es que necesito saber como hacer el cambio del pago de pensión alimenticia, pues a la fecha se deposita con billete de depósito pero es complicado recogerla por el horario de trabajo, pedi por medio de un oficio ese tipo de cambio en el juzgado pero el representante legal de la PGJ contesto que no se podia porque el reglamento del pago de pensiones no lo permite, no está prevista ésta forma, qué puedo hacer al respecto.
Agradezco su atención y espero su respuesta, le envio un cordial saludo.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 354760
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Mayo de 2014 21:09 2014-05-13 21:09 desde IP: 189.210.253.56
El pago de pensiones alimenticias decretadas judicialmente, se sujeta a lo que ordene el juez de la causa, no a cualquier reglamento interno de la PGJ, que su abogado promueva lo conducente, en caso que el juez no acuerde de conformidad con su petición.
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