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PENSIóN POR INVALIDEZ

  • Consulta : 149588
  • Autor : guacamaya_94_NR
  • Publicado : Viernes 04 de Mayo de 2012 19:24 desde la IP: 187.192.148.161
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,117
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  • Autor
    Consulta

  • guacamaya_94_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    Estoy tramitando pensión por invalidez y por no estar en actitud de trabajar me están incapacitando para este. la ley de servidores públicos del Estado de Jalisco Artículo 44 Fracción III, establece que tengo derecho a 120 dias con sueldo integro y la Nueva Ley del ISSSTE que el cómo de las incapacidades sera por año "contando a partir del momento en que tomo poseción del puesto" para esto fui a la DRSE Lagos y mostre el documento que funddamenta mi razón jurídica, pero me dicen que a mi solo me aplicar´n la Ley de Servidores Públicos del Estado de Jalisco. que la Nueva Ley del ISSSTEno no aplica para mi, que esta es sólo para los empleados del ISSSTE, haciendoles notar que esta Ley es para los trabajadores al servicio del Estado ( yo trsbsjo psrs ls SEP).

    ¿ Qu{e es lo coprrecto en mi caso y a cuantos tengo derecho de licencias médicas?

    que orientación me pueden dar. 

    gracias por su atención

     

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