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CERTIFICACIóN
- Consulta : 104275
- Autor : serviciosocialsma_NR
- Publicado : Jueves 03 de Marzo de 2011 13:21 desde la IP: 189.145.119.42
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,127
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 03 de Marzo de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 323558
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Agosto de 2013 09:06 2013-08-13 09:06 desde IP: 187.162.210.121
Para entablar una demanda laboral no se requiere llevar a cabo ninguna certificación de listas de asistencia.
En caso que la empresa demandada niegue la relación laboral con Usted, su abogado sabrá qué pruebas deberá ofrecer y desahogar para demostrar que sí existió.
Asístase de un abogado especialista en derecho laboral; no acuda ni a coyotes, pasantes ni tinterillos, pues además de que solamente se aprovechan del trabajador para obtener un beneficio económico para ellos mismos, sin importarles el asunto, al carecer de título y cédula profesional, tampoco podrán representarlo en juicio.
En caso que carezca usted de medios económicos para contratar a un abogado, entonces acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en donde le proporcionarán la asesoría y asistencia legal que requiera, y le asignarán a un abogado para que lo represente en defensa de sus intereses.
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