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PERSONALIDAD ACREDITADA

  • Consulta : 123218
  • Autor : Zamores
  • Publicado : Viernes 19 de Agosto de 2011 11:58 desde la IP: 201.150.33.26
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,111
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  • Autor
    Consulta

  • Zamores
    ESTUDIANTE

    Buenos dáis, Mi pregunta esla sigueitne: Sí en un juicio laboral un trabajador revoco poder a su apoderado legal, pero en fecha posterior, tanto para la reinstalación a su fuente de trabajo, como para el pago del laudo condenatorio se hace acompañar de éste mismo apoderado y le permite el uso de la voz; puedo sustentar su personalidad con base en el art. 694 de la LFT precisa que los trabajadores entre otros podrán otorgar poder mediante simple comparecencia, previa identificación, antes las Juntas del lugar de su residencia, para que los representen ante cualquier autoridad del trabajo. O bien hay alguna jurisprudencia u otro ustento legal para este caso. GRacias

     

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