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PRESCRIPCION AGRARIA

  • Consulta : 180818
  • Autor : MARIANA LERMA
  • Publicado : Martes 18 de Diciembre de 2012 23:11 desde la IP: 189.176.10.227
  • Tipo de Usuario :
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  • Autor
    Consulta

  • MARIANA LERMA
    ABOGADO CIVIL

     

    Los antecedentes de mi consulta son los siguientes: Mi cliente compro en 1998 diversos lotes, para ser exactos 10, de una Colonia Agricola y Ganadera (obviamente sujeta a derecho agrario), mediante contrato privado, a una persona que en su momento se ostento como propietaria de todos los lotes, pero realmente en el Registro Agrario Nacional se encontraban a nombre de las personas que originalmente le vendieron a este representante (no existe ningun documento que ampare lo anterior). En el 2000 se acordo, mediante un oficio que tengo expedido por la Secretaria de la Reforma Agraria, que de toda esa Colonia se adoptaba el dominio pleno por los propietarios registrados ante esta de cada uno de los lotes que la componen, y en dicho oficio se hace mencion a que se tienen en la Direccion General de Ordenamiento y Regularizacion, inscripciones de derechos de propiedad con numero de titulo, fecha de expedicion, hectareas, nombre del propietario y lote de todos los que la conformaban. Los titulos que amparan los lotes que compro mi cliente, nunca se le entregaron a el y ademas NUNCA fueron inscritos en el registro publico de la propiedad (ya hice verificacion registral). Como comente anteriormente, al ver este oficio expedido por la SRA y ver que se mencionaba el numero de titulo, mi primer opcion fue solicitar en la Ciudad de Mexico ante el Registro Agrario Nacional, copia certificada de dichos titulos para poder inscribirlos en el Registro Publico de la Propiedad que corresponden, y una vez inscritos mi idea era tramitar la prescripcion civil. Resulta que tanto en el RAN como en la SRA me contestan que la informacion de los titulos es inexistente, y resulta despues de diversa labor de investigacion, que me comentan en la SRA de aqui del estado que esos titulos se expidieron en su momento a los propietarios, pero que ni el RAN ni la SRA se quedaron con copia y es imposible volver a expedirlos.

    Ahora mi pregunta es que puedo hacer para poder regularizarle la propiedad a mi cliente? mis dudas son las siguientes:

    La prescripcion agraria es el unico recurso que tengo?

    En caso de ser asi puedo incluir en una misma demanda a todos los propietarios ya que es el mismo actor aunque 10 diferentes demandados?

     

    No cuento con experiencia en materia agraria asi que me son de gran ayuda los comentarios que me pudieran brindar.. De antemano gracias!

     

     

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