- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
ACTA DE NACIMIENTO
- Consulta : 230226
- Autor : eli.montez3_NR
- Publicado : Jueves 22 de Mayo de 2014 08:39 desde la IP: 177.225.117.191
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,130
-
AutorConsulta
-
Publicado el Jueves 22 de Mayo de 2014
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 355359
-
Fecha de respuesta: Jueves 22 de Mayo de 2014 08:44 2014-05-22 08:44 desde IP: 189.163.170.54
Mira. no señalas de donde nos escribes. De conformidada al mandato constitucional los registros civiles en los Estados son autonomos e independientes por lo que lo que aplique en un estado podría no aplicar en el otro.
Ejemplo: en Guanajuato sería una aclaración ante el propio Oficial del Registro Civil
En otros Estados que contemplan la modalidad de rectificacion administrativa sería esa justamente, toda vez que J. es un nombre y no necesariamente un error ortografico o como usted dice que falto una letra.
Para otro grupo de Estados, no es ni aclaración ni rectificacion administrativa sino lo procedente es la Judicial
Por ello, lo mas acertado será que se acerque al registro civil donde se encuentra asentada su acta y ahi recibira la información mas adecuada a su caso en concreto
Saludos
-
Autor





