- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
PENSIONES
- Consulta : 137298
- Autor : pezava_08_NR
- Publicado : Martes 31 de Enero de 2012 21:33 desde la IP: 187.171.252.154
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,128
-
AutorConsulta
-
Publicado el Martes 31 de Enero de 2012
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 253063
-
Fecha de respuesta: Martes 31 de Enero de 2012 22:16 2012-01-31 22:16 desde IP: 187.141.84.87
Claro que lo pueden demandar, pues el hecho de que no tenga trabajo no lo exime del cumplimiento de sus obligaciones alimentarias, lo que desafortunadamente para ud. constituye un delito. Le recomendaria que comienze a depositar alguna cantidad de acuerdo a sus posibilidades, a traves del juzgado civil para sus acreedores alimentarios, de esta forma estaría evitando que su esposa demuestre que no le da pensión y por ende lo meta a la carcel. Si lo hace así, unicamente sería posible que le instruyan una demanda civil, pero no en materia penal. Espero haberle sido de utilidad
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 253084
-
Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Febrero de 2012 01:44 2012-02-01 01:44 desde IP: 187.152.197.225
HOLA:
En el particular de su dudas si lo puede demandar ya que el hecho que en el pasado halla sido solvente es irrelevante, y si le puede denunciar por la posible comision de un delito ya que con las nuevas reformas es mucho mas facil, y aunado si existe una sentencia familiar y el incumplimiento persiste, yo le sugiero que compre un billete de deposito, aunque sea por la cantidad de 500 pesos para que no encuadre el delito, y presentelo via juzgado y hable de su situacion hacer caso amiso no lo ayudara.
SALUDOS.
Lic. LUIS ALBERTO MORALES.
Quedo a sus ordenes.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 253975
-
Fecha de respuesta: Jueves 09 de Febrero de 2012 12:50 2012-02-09 12:50 desde IP: 208.71.117.153
Una pregunta vana... ¿si el consultante está diciendo que ya se le giró una orden de aprehensión, no se intuye que la esposa EFECTIVAMENTE realizó ya la demanda penal por incumplimiento de pensión alimenticia?
De otra forma, el consultante no estaría preocupado preguntándose qué hacer con su orden ¿no?
-
Autor






