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CONCESIóN MINERA-DERECHO AL TANTO

  • Consulta : 259665
  • Autor : capigodi196021_NR
  • Publicado : Lunes 16 de Marzo de 2015 16:01 desde la IP: 177.243.49.84
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,115
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  • Autor
    Consulta

  • capigodi196021_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Michoacán

    Mi consuta es, en el caso de una consecion minera la cual estaa nombre de 4 personas  de las 4 muere una y sus familiares no hacen reclamo alguno ni llevan a cabo juicio testamentario dentro del tiempo que estipula el articulo 41 de la ley minera, existe la posibilidad de alegar derecho al tanto por uno de los otros 3 concesionarios ?????, no esta de mas comentar, que el es el uinico que ha hecho pagos por la cocesion es quien pretende hacer la solicirud de existir la posibilidad.

    por su ayuda agradezco de antemano.

    Gustavo Godinez

     

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