Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

DUDA SOBRE PODER DE PERSONA MORAL

  • Consulta : 129031
  • Autor : cervante
  • Publicado : Jueves 27 de Octubre de 2011 19:21 desde la IP: 189.215.228.236
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,068
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • cervante
    ABOGADO PENAL

    Se trata de una S.A. de C.V. en la que el Organo de Administración es el Consejo de Administración. Éste está integrado por Presidente, Secretario y Tesorero, quienes tienen facultades para Pleitos y Cobranzas, Administración, Dominio y para suscribir Títulos de Crédito.  Sus facultades son mancomunadas y pueden a su vez otorgar poderes.

    El Organo de Administración, por comparecencia ante Notario, otorga a su vez un poder a otras 2 personas y dan a los apoderados, de forma mancomunada, las mismas facultades con las que cuentan (Pleitos y Cobranzas, Administración, Dominio y para suscribir Títulos de Crédito).

    Este poder fue suficiente para dar de alta ante Hacienda a la sociedad, no así para abrir una cuenta bancaria.

    Ya en ocasiones anteriores había escuchado el comentario de que el Organo de Administración no puede otorgar poderes por comparecencia ante Notario y solamente puede hacerlo en sesión de Consejo y ésta, al ser protocolizada, es la que sirve de poder a los mandatarios.

    ¿Cuál es el fundamento de este criterio? No he encontrado impedimento alguno en la Ley General de Sociedades Mercantiles, en la de Títulos de Crédito o en el Código Civil Federal para hacerlo por comparecencia directa ante Notario.

    ¿Pudiera alguno de los foristas aclararme este punto?

    De antemano, gracias!

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión