- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
CONTADOR
- Consulta : 124423
- Autor : soramos4_NR
- Publicado : Viernes 02 de Septiembre de 2011 09:16 desde la IP: 72.52.96.9
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
-
AutorConsulta
-
Publicado el Viernes 02 de Septiembre de 2011
Estado de Referencia: Quintana Roo
hola. somos 3 personas que queremos crear una prootora de espectaculos, por lo tanto tenemos que crear un tipo de sociedad, pero antes queremos saber si esto va a funcionar por lo que hemos decidido que uno de nosotros 3 se de alta ante hacienda como persona fisica con actividad empresarial, muchos nos comentan que nos podemos de dar de alta como repecos. la pregunta es esto es cierto se puede hacer ? que pagos de impuestos reporta este regimen? lo nuestro es la venta de boletos no vamos a dar factura solo el boleto y el talon es lo que nos queda de comprobante. tenemos que pagar iva y el ietu. o bajo que otro tipo de regimen nos podemos dar de alta, solo que pretendemos iniciar operaciones los mas pronto posible y sin tener que pasar de momento con todo el movimiento que conyeva formalizar una sociedad. en espera de su respuesta gracias.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 237703
-
Fecha de respuesta: Viernes 02 de Septiembre de 2011 10:47 2011-09-02 10:47 desde IP: 189.140.157.159
De acuerdo al artículo 137 de la Ley del Impuesto sobre la Renta al inicio de las actividades si puedes tributar como REPECO ( Regimen pequeño contribuyente ) siempre que tus ingresos en el año no rebasen los $ 2´000,000.00 , pero el mismo arículo especifica que no podrán pagar el impuesto en los términos de está sección qienes obtengan ingresos por concepto de comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación distribución o espectaculos públicos.
En la página del SAT para inscribirte en el RFC, debes de llenar un cuestionario acerca de la actividad que vas a realizar y en base a las respuestas que das te ubican en el regimen que te corresponde y aparece las obligaciones fiscales que te va a generar ese regimen, puedes hacer una prueba de esta forma y comentarla con tus socios
"//sat.gob">sat.gob
oficina virtual/inscripción al rfc/preinscripción/servicios por internet/inscripción al rfc/solicitud de inscripción
-
Autor





