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DUDA SOBRE LAS FUNCIONES DE UN NOTIFICADOR

  • Consulta : 239694
  • Autor : hgrlpj_24_NR
  • Publicado : Lunes 25 de Agosto de 2014 16:41 desde la IP: 189.191.240.122
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,129
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  • Autor
    Consulta

  • hgrlpj_24_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Hola buenas tardes, esta es mi duda, espero me puedan ayudar.

    Quisiera saber cuales son las funciones de un notificador.

    Bueno también me gustaria saber si al momento que se va a hacer la notificación en determinado día yo como abogado tengo que ir con el notificador, llevarlo en carro o en su defecto en taxi hasta el domicilio donde se hará la notificación, en pocas palabras llevarlo de la mano para que haga su trabajo.

    Ojala me puedan ayudar con esta duda ya que soy nuevo en esto.

    Saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 363804

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    En la Ley Organica del Poder Judicial del Estado (en su caso) de Mexico, encontrara las funciones de un Actuario, quien se encarga de notficar a las partes en litigio, asi como las faltas administrativas.

    Asimismo cheque el Codigo de Procedimientos Civiles en el capitulo de las notificaciones.

    No siendo explicito en su consulta ya que Usted entendera de manera inmediata sus dudas que tiene, debido que dice ser Abogado. 

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 363837

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si el notificado o actuario... va solo o tu lo llevas... es cosa que debes tratar en forma personal con el propio notificador... cono añoro la época en la que uno llevaba al actuario a cumplir con su trabajo... ahora te salen con la payasada de que es su trabajo y que van solos ... y pueden pasar meses antes de que cumplan con su trabajo... todo por gente como tu... webona que no quiere trabajar...



  • Autor
    Respuesta No: 363842

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Adicionalmente a lo que ya le indicaron los foristas que anteceden, debe usted tomar en cuenta que en cierto tipo de juicios, como por ejemplo, los ejetutivos mercantiles, el actor está obligado a acompañar al actuario, dado que durante la práctica de la diligencia, en caso que el demandado no haga paga de lo reclamado ni señale bienes para garantizarlo, el derecho de señalar bienes al accionante, y sólo después de que se cumplen esas formalidades, puede llevarse a cabo el emplazamiento.

    Por otra parte, precisamente al acompañar el abogado al actuario, puede cuidar que la diligencia se lleve a cabo ajustada al procedimiento, lo que en muchas ocasiones evita que la contraria promueva la nulidad de la actuación.





  • Autor
    Respuesta No: 363900

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si quieres q las cosas se hagan bien hazlas tu mismo pero en este caso tendras q supervisar tu mismo hay algunos notificadores o actuarios q te aceptan sacar cita o bien ellos lo hacen todo depende de la carga de trabajo q ellos tengan para llevar a cabo sus funciones

    hace como diez años mas o menos el abogado tenia q llevar y regresar al juzgado al actuario el juzgado  no tenia fondos para darles a los actuarios y asi se acostumbraba ahora el consejo de l judicatura ha establecido un fondo para q se trasladen porq es un medio de q un actuario realice su trabajo en chiapas por ejemplo tienen vehiculo utilitario y por ese medio de trasladan en lo unico q el abogado les apoya es proporcionando fotografia para q no se niegue el demandado con el objeto de  evitar o eludir el cnocimiento de la demanda



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