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INQUILINO MOROSO NO QUIERE DESALOJAR MI CASA.
- Consulta : 235598
- Autor : lauravl,z89_NR
- Publicado : Viernes 11 de Julio de 2014 10:49 desde la IP: 189.155.4.1
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,130
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 11 de Julio de 2014
Estado de Referencia: Chihuahua
Hola, buen dìa... Agradeceria que alguien me pueda orientar ya que tengo un problema y necesito ayuda con desesperacion.
Casi a finales del año pasado mi papà rento una de sus casas, se hizo contrato y lo firmaron ambas partes, arendador y arrendatario quedando en acuerdo 5 mil pesos mensuales y, por obvias razones, conservar la casa en buen estado, pues para no hacer el cuento largo, ya son 8 meses y ni nguno de los dos terminos se ha respetado, el Sr no ha pagado ni una sola renta y la casa la destruyen dia a dia. Desde hace poco mas de 4 meses mi papà pidio a este Sr que desalojara puesto que voy a hacer posecion, yo, de la casa, pero el Sr no se ha salido, ha firmado 3 veces unos papeles en donde dice que llegada tal fecha mi papa puede tomar su casa, pero llegada la fecha le sale con otro extendiendo la fecha. El ultimo papel que le firmo dice que para el 20 de julio de este año, o sea en unos dias, pero de ante mano sabemos que no se saldra, ¿Que podemos hacer..?
De ante mano gracias.
Atte. Laura Vela
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 359395
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Fecha de respuesta: Viernes 11 de Julio de 2014 10:54 2014-07-11 10:54 desde IP: 189.210.253.56
Necesita contratar a un abogado especialista en Derecho Civil, a fin de que, sin demora ya, proceda a entablar la demanda por la rescisión del contrato de arrendamiento, el pago de las rentas vencidas y las que se sigan venciendo hasta la desocupación y entrega material y jurídica del inmueble al arrendador, el pago de los desperfectos, daños y perjuicios causados a la finca, gastos y costas del juicio y toda aquella acción que corresponda.
Su no lo hace, el arrendatario podrá seguir usando y disfrutando del inmueble en forma indefinida, pues su papá le otorgó la posesión del mismo, y por ello, solamente un juez, en ejecución de la sentencia que lo concede y ordene a su desalojo, podrá sacarlo de la vivienda, incuslive recurriendo al uso de la fuerza pública.
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