Estado de Referencia: Durango
Síntesis:
Requiérase al Secretario General del Tribunal Superior de Justicia del Estado para que dentro del término de tres días, informe a qué juez de Gómez Palacio, Durango le correspondió conocer por turno del proceso penal indicado, pues es necesario llamarlo a juicio como autoridad responsable sustituta. Para dar oportunidad a lo anterior, la audiencia constitucional se difiere para las DIEZ HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL VEINTICINCO DE JUNIO DE DOS MIL CATORCE. Por otra parte, agréguese el pedimento de cuenta que suscribe el Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a este juzgado, en materia de Amparo, y como lo solicita, se le tiene por presentado en tiempo y por hechas las manifestaciones a que se refiere; asimismo, una vez que se dicte la sentencia que en derecho proceda, con apoyo en el artículo 278 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, expídasele copia de ésta.