- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL
- Consulta : 278350
- Autor : jesus_segura1986
- Publicado : Jueves 01 de Octubre de 2015 13:14 desde la IP: 189.250.63.243
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,131
-
AutorConsulta
-
Publicado el Jueves 01 de Octubre de 2015
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 386068
-
Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Octubre de 2015 11:38 2015-10-14 11:38 desde IP: 189.217.27.191
...
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 386069
-
Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Octubre de 2015 11:40 2015-10-14 11:40 desde IP: 189.217.27.191
Es ejecutivo cuando la demanda se basa en un documento que trae aparejada ejecución como los títulos de crédito o sentencias firmes. La acción ejecutiva no prescribe, aunque no falta el coyote que le diga que cuenta con tres años a partir de la fecha de vencimiento del pagaré para demandar, nunca faltan.
-
Autor





