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SE PUEDE TRANSPASAR UN DEPARTAMENTO OTORGADO POR EL INVI A OTRO CIUDADANO?
- Consulta : 101197
- Autor : marisrd14_NR
- Publicado : Martes 08 de Febrero de 2011 11:06 desde la IP: 201.158.128.98
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,133
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 08 de Febrero de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Me pueden transpasar un de partamento otorgado por el INVI a algun ciudadano sin problega alguno? con solo tramitar el cambio de deudor o con algun otro tipo de tramite, si dejar de quedar protegido por la ley para que que de quien esta a nobre las escrituras de dicho departamento ya no lo pueda recuperar y hacerme algun tipo de fraude.??'
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 209324
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Fecha de respuesta: Martes 08 de Febrero de 2011 11:26 2011-02-08 11:26 desde IP: 201.158.206.120
tenemos que saber si el invi acepta traspasos y en segunda se tiene que realizar el cambio de propietario una vez terminado de pagar el departamento. llameme y lo checamos, esto no es hagalo usted mismo, se necesita la asesoria de un abogado. mi cel es 0445533041340, LIC DARIO VAZQUEZ
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Autor
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AutorRespuesta No: 209325
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Fecha de respuesta: Martes 08 de Febrero de 2011 11:26 2011-02-08 11:26 desde IP: 201.158.206.120
tenemos que saber si el invi acepta traspasos y en segunda se tiene que realizar el cambio de propietario una vez terminado de pagar el departamento. llameme y lo checamos, esto no es hagalo usted mismo, se necesita la asesoria de un abogado. mi cel es 0445533041340, LIC DARIO VAZQUEZ
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Autor
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AutorRespuesta No: 209336
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Fecha de respuesta: Martes 08 de Febrero de 2011 12:33 2011-02-08 12:33 desde IP: 189.140.227.47
Definitivamente NOOOOO!
Los departamentos del INVI , son propiedad del INVI, por lo tanto mientras no se termine de liquidar la propiedad, NADIE, sin excepción, puede rentar, traspasar, ceder, vender... etc. etc.
En todo caso, para hacer el cambio de BENEFICIARIO, que no "propietario", es necesario que se lo gestionen las personas (abogados) que trabajan directamente en el INVI y para el INVI para evitarse dolores de cabeza. (no los coyotes que se encuentran afuera de las instalaciones).
El que usted y la persona vayan ante notario para, por ejemplo ceder los derechos NO tiene validez, pues se estaría traspasando algo que no se tiene, por lo tanto se estaría cometiendo un fraude...
Ahora, lo que usted podría hacer, es liquidar el total con el 50%, ya que si se adelanta el pago se hace ese descuentazo y la persona beneficiaria le haga la cesión de derechos ante notario... así se evitaría muchos problemas y estaría todo legal... todo depende de la confianza que le tenga a la persona y que tan fiable es ésta. Yo para protegerme, haría que la persona me firmara un pagaré por la cantidad depositada para asegurar la firma de la cesión ante notario, después de la firma se lo devolvería para que lo rompa y todos felices y contentos.
Saluditos.
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AutorRespuesta No: 209343
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Fecha de respuesta: Martes 08 de Febrero de 2011 12:54 2011-02-08 12:54 desde IP: 189.140.227.47
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AutorRespuesta No: 233483
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Fecha de respuesta: Lunes 01 de Agosto de 2011 12:28 2011-08-01 12:28 desde IP: 189.142.98.154
Estimada toystory:
Hola, mi nombre es Pedro y quiero obtener un departamento del invi y me gustaria saber que tramites debo hacer y a donde dirigirme ya que realmente me urge, la verdad es que no tengo tiempo de andar en eso de las juntas y mi esposa tampoco ya que tenemos 3 hijos y con mi suegra ya no cabemos, tengo infonavit, pero realmente no me alcanza para pagar un credito con esta institución. Ayuda porfavor!!!!!!
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