- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
FINIQUITO
- Consulta : 164173
- Autor : cisne_mark_NR
- Publicado : Viernes 10 de Agosto de 2012 14:40 desde la IP: 208.68.62.4
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,133
-
AutorConsulta
-
Publicado el Viernes 10 de Agosto de 2012
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 279724
-
Fecha de respuesta: Viernes 10 de Agosto de 2012 14:51 2012-08-10 14:51 desde IP: 189.146.109.107
La pensión se la otorgará el ISSSTE o la CAPTRALIR, dependiendo de qué tipo de trabajador sea, así como si era sindicalizado o de confianza.
En los casos de sindicalizados, les dan una licencia prejubilatoria cubriendole su salario por los 3 meses que tarda aproximadamente en salir el dictamen de pensión, pero sólo cuando tienen más de 29 años de servicios.
Si es sindicalizado, que acuda al mismo, para saber cuáles son sus derechos.
Y si no, pues no existe ninguna indemnización, pues la terminación de la relación laboral no es imable al patrón (Estado) sino sólo tiene derecho al pago de las partes proporcionales como aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y cualquier otra prestación pendiente de cubrirse a la fecha de su separación.
Suerte!
-
Autor





