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APLICACIó DEL ARTíCULO 1741 CóDIGO CIVIL

  • Consulta : 212813
  • Autor : rafalf2k_NR
  • Publicado : Domingo 03 de Noviembre de 2013 00:11 desde la IP: 189.200.120.140
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,130
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  • Autor
    Consulta

  • rafalf2k_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    Buen día: Mi madre dejó un testamento en el cual estipula el importe del producto de un bien inmueble dividido entre cuatro integrantes y yo soy el albacea de dicho testamento;¿Cuál sería el mecanismo y el alcance del artículo 1741, referente al cobro del 2% del valor del producto de la venta de bienes inmuebles de parte del albacea en un testamento?  Pues tengo a un integrante de mi familia que no está de acuerdo con éste cobro. ¿Puedo ejercer libremente mi derecho, con el notario que está llevando a cabo el desahogo del testamento de mi madre?

    Muchas Gracias por el apoyo.

     

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