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DESIGNACIóN DE BENEFICIARIOS

  • Consulta : 161100
  • Autor : angela.but_NR
  • Publicado : Jueves 19 de Julio de 2012 19:54 desde la IP: 187.133.150.242
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,129
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  • Autor
    Consulta

  • angela.but_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Hola, soy nueva en la materia laboral y me gustaría saber si la designación de beneficiarios en materia laboral (para el caso particular de la cónyuge superstite) se realiza en la vía de tramitación especial de conformidad al 892 de la LFT y cuáles documentos son los idoneos para acreditar la dependencia económica de la cónyuge y el 50% de incapacidad. Gracias!

     

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