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AYUDA POR FAVOR...!!!
- Consulta : 204108
- Autor : marthabasmon_NR
- Publicado : Miércoles 24 de Julio de 2013 19:44 desde la IP: 201.153.232.69
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,133
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 24 de Julio de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Necesito que alguien que sea experto en esto me ayude, tengo un familiar quien fue sentenciado a 10 años de prision por robo agravado, lleva casi cinco años en el reclusorio, nos han comentado que puede salir una vez que haya purgado la mitad de la condena, siempre hemos tenido malas experiencias con los abogados, sólo quiero que me digan si esposible que el pueda salir para ver que se puede hacer por él, agradezco sus opiniones y/o sugerencias. Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 322022
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Julio de 2013 19:50 2013-07-24 19:50 desde IP: 201.110.46.53
Sï, sì puede salir, y si han tenido malas experiencias con abogados es por que no contratan a alguien como nosotros, con cèdula profesional y que les de una explicaciòn profesional de su caso, que les diga el probable panorama y el posible resultado a obtener.
En fin, existe la figura de PRELIBERACION, PERO TIENE SUS ASEGUNES Y SUS CONDICIONES, y no es por la mitad de la pena, eh. El defensor de oficio no creo que te la pueda o quiera llevar, Así que contrata a alguien como nosotros.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 322024
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Julio de 2013 19:58 2013-07-24 19:58 desde IP: 189.234.184.130
Tienen al de. Oficio... Se va a tardar... Pero... Es quien les puede dar resultados... El secreto es decirle... Cobra tus honorarios... Pero sácalo o dinos que no se puede...
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Autor
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AutorRespuesta No: 322055
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Fecha de respuesta: Jueves 25 de Julio de 2013 01:03 2013-07-25 01:03 desde IP: 189.143.107.88
Reciva un cordial saludo de mi parte! a sus preguntas:
Si trabajo si! ya que la remision parcial de la pena establece que por cada dos dias de trabajo del interno se hara remision de uno de prision,siempre que observe buena conducta y participe en actrividades educativas!
Existe la figura de prelibertad que se podra otorgar dos años antes del cumpliento de las tres quintas partes de la pena de prision impuesta en el caso de delitos dolosos como lo es el robo agravado.
sin embargo hay varias modalidades de prelibertad como por ejemplo:
*salida del reclusorio dos dias a la semana!
*salida diurna y reclusion nocturna!
*reclusion dos dias ala semana
hasta pronto! Amigo y Servidor ANGEL CABRERA
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