Estado de Referencia: Morelos
Hola a todos tengo una duda, un amparo indirecto, para la devolucion del inpuesto sobre la adquisicion de bienes inmuebles, lo puede solicitar un apoderado legal del bien?? leí el articulo 4 de la ley de amparo que a la letra dice: El juicio de amparo únicamente puede promoverse por la parte a quien perjudique la ley, el tratado internacional, el reglamento o cualquier otro acto que se reclame, pudiendo hacerlo por sí, por su representante, por su defensor si se trata de un acto que corresponda a una causa criminal, por medio de algún pariente o persona extraña en los casos en que esta ley lo permita expresamente; y sólo podrá seguirse por el agraviado, por su representante legal o por su defensor. pero no se si sea solo en lo penal es q se acepte...