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AYUDA URGENTE DERECHO DE TANTEO Y RETRACTO
- Consulta : 249163
- Autor : Javier C
- Publicado : Miércoles 26 de Noviembre de 2014 16:11 desde la IP: 187.216.232.117
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 26 de Noviembre de 2014
Buenas tardes, El mes de Enero del presente año realice la compra de una casa por medio de mi credito infonavit a un familiar. hasta aqui todo ok. La casa se encontraba bajo arrendamiento desde el mes de Sept 2013, se le hizo mencion a los habitantes que la casa se venderia, solo que dicha notificacion fue de manera verbal. Ya que al querer entregar el escrito a los inquilinos mencionaron no tener ninguna intencion de comprarla por lo cual no firmarian nada de recibido. El problema fue que cuando ingresaron estas personas al domicilio no se firmo de manera inmediata el contrato ya que faltanba de parte de ellos entregar algunos documentos. Dicho contrato se firmo indicando que el tiempo de arrendamiento comprendia del mes de Sept del 2013(Fecha en la cual ingresaron al domicilio) al mes de Sept 2014. La fecha de firma de dicho contrato fue el 14 Feb del 2014. El contrato fue firmado entre mi familiar y los inquilinos ya que ellos habian iniciado dicho arrendamiento, mi pregunta es ¿Existe algun problema con que el contrato diga que era del mes de Sept del 2013 y se haya firmado el 14 de Feb.?, Posterior a la compra de la casa los recibos de renta fueron firmados por mi parte donde yo recibia el dinero ya que ahora pasaba a ser de mi injerencia el arrendamiento de la casa. Al momento de efectuar la compra no se le indico al infonavit ni al notario que la casa se encontraba en renta, ¿Esto genera alguna sancion? El mes de Julio acudi con un aviso indicando que el contrato no se renovaria por lo cual necesitaba se desocupara la casa en el mes de Octubre. Una vez efectuado esto los inquilinos tomaron una postura bastante agresiva. Y comenzaron a reclamar su derecho de tanteo, siendo que ellos mencionaron no tener interes. Incluso personal del infonavit acudio al domicilio y les notifico tambien que la casa habia sido vendida. Eso fue durante el mes de Marzo, por lo poco que he podido encontrar en la pagina eh visto que su derecho de retracto tiene solo vigencia de 60 dias naturales, si ellos no lo ejecutan pierden su derecho. Es esto correcto o lo pueden ejecutar; y en su defecto yo perder mis escrituras. O bien solo nos hariamos merecedores a una sancion economica, por daños y perjuicios. Ya que no contamos con ningun documento firmado donde no aceptaran su derecho de tanteo. Decidi acudir a la junta de mediacion del poder judicial y me comento el abogado que llevaba la mediacion que no podian apoyarme a firmar ningun acuerdo ya que la fecha de firma del contrato fue efectuada posterior a la fecha de venta y eso lo invalida y se puede tomar como un posible fraude, ¿Es esto correcto?
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AutorConsulta
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