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MINUTA DE HECHOS

  • Consulta : 125002
  • Autor : solucionesencomercio_NR
  • Publicado : Viernes 09 de Septiembre de 2011 14:01 desde la IP: 201.141.230.111
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,132
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  • Autor
    Consulta

  • solucionesencomercio_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    hola buenas tardes

    trabajo en el gobierno y a un amigo le queiren levantar una minuta hechos derivada de una reunion realizada entre cuatro personas, incluido el, en la que narran el acontecimiento de que un jefe (uno de lo s que pretende firmar la minuta) lo acusa de haber oido por rumores que pedia dinero mi amigo, siendo que este jefe no menciona quien, donde y cuando lo oyo, toso se ve muy sospechoso porque este jefe se ve relegado por mi amigo que tambien es jefe y parece ser que se las arreglo para intimidar a una persona k comento lo de la dádiva, lo que queremos es evitar que se cometa una injusticia, pues el jefe de ambos esta insistiendo de manera constante la firma de dicha minuta, solo quisiersa pedirles nios apoyen con la fundamentación a esto y si resulta procedente enunciar o realizar una minuta y no una acta de hechos, ademas si esta bien no narrar todos los hechos y señalar rumores. Les agradezco mucho por su  tiempo y comprensión. Saludos, veo que su pagimna es muy buena y útil

     

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  • Autor
    Respuesta No: 238492

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    La minuta de hechos solo puede narrar lo acontecido en la reunión celebrada, y eso no es prueba en contra de su amigo, ahora bien, no menciona usted si se trata del Gobierno Federal o Estatal, eso hace una diferencia en cuanto al procedimiento, por lo que le recomiendo si es Federal busque el procedimiento a partir del artículo 19 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y si es Estatal, lea la  Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y de los Municipios, en estos documentos encontrará lo necesario para saber como proceder.

    Hasta este momento solo se trata de un supuesto hecho que falta a la ética laboral, no constituido de falta administrativa, ésta última debe probarse.





  • Autor
    Respuesta No: 238521

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Cuidado con los coyotes que solo entran a tratar de defraudar a la gente con cedulas falsas, la cedula que ostenta el "Licenciado"  Ricardo Suarez Olvera No: 3841013

    Número de Cédula: 3841013
    Nombre: GRISELDA RUÍZ VARGAS
    Género: MUJER
    Profesión: LICENCIATURA EN ENFERMERÍA
    Año de expedición: 2003
    Institución: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ  



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