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PUEDO PEDIR MANUTENCION AUNQUE MI HIJA NO ESTE REGISTRADA POR EL PAPA
- Consulta : 173898
- Autor : Verito15210
- Publicado : Lunes 22 de Octubre de 2012 13:41 desde la IP: 64.68.210.226
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,138
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 22 de Octubre de 2012
Yo tengo una niña de 1 año 10 meses y esta registrada solo con mis apellidos, el papa le da dinero pero es muy poco y de vez en cuando entonces yo necesito que me ayude mas. puedo demandarlo aunque no tenga los apellidos y si puedo hacerlo que requisitos necesito.
gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 289477
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Octubre de 2012 13:46 2012-10-22 13:46 desde IP: 189.200.121.70
Definitivamente NO.
La obligacion de ministar alimentos es de los padres para con los hijos o viceversa.... Si el señor no figura en el acta como padre del menor... NO TIENE OBLIGACION de ministrar alimentos ante la Ley.
Usted debe demandar paternidad y una vez acreditada esta.. entonces si ...demandarle alimentos pero asi solo porque dice que el padre es Juan perez no se puede
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 289486
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Octubre de 2012 14:33 2012-10-22 14:33 desde IP: 187.207.120.160
Mí estimada consultante Verito15210
Mire, a mi modo de ver la cosas, usted debe de promover demanda de reconocimiento de paternidad, y en la misma, como prestación subsidiaria una pensión alimenticia suficiente para su menor hija.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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Autor
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AutorRespuesta No: 289499
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Octubre de 2012 15:59 2012-10-22 15:59 desde IP: 201.141.134.152
Hola Buenas Tardes.
Si tu hija no esta reconocida por el padre, no podras demandar alimentos, ya que primeros tienes que comprobar ante el juez el parentesco de padre e hija, si no esta registrada con sus apellidos va a ser necesario que comiences demandando un reconocimiento de paternidad al padre biologico de tu hija en donde se le mandara a realizar la prueba de ADN a ambos para constatar el parentesco, posteriormente y despues de que tu hija ya este legalmente reconocida, entonces ya podras demandar una pensión alimenticia.
ORTIZ RUBIOLEGAL ABOGADOS
ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR
LIC. VALERIA ORTIZ RUBIO ANZORENA/ LIC. LIZETH RUIZ GARAY
TEL. 47513179
w w w. ortizrubiolegal. com. mx (junto)
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AutorRespuesta No: 289507
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Octubre de 2012 17:05 2012-10-22 17:05 desde IP: 64.68.210.226
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Autor
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AutorRespuesta No: 289517
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Octubre de 2012 18:20 2012-10-22 18:20 desde IP: 187.207.120.160
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AutorRespuesta No: 289542
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Octubre de 2012 20:12 2012-10-22 20:12 desde IP: 189.180.213.152
Primero tendría que preguntarle si esta usted casada con el señor, en caso afirmativo existe una presunción en su favor de que su hija es hija de ambos y en ese caso si podría iniciar una acción de alimentos
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Autor
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AutorRespuesta No: 289568
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Fecha de respuesta: Martes 23 de Octubre de 2012 08:58 2012-10-23 08:58 desde IP: 64.68.210.226
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AutorRespuesta No: 289569
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Fecha de respuesta: Martes 23 de Octubre de 2012 08:58 2012-10-23 08:58 desde IP: 64.68.210.226
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