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QUITAR PATERNIDAD
- Consulta : 106826
- Autor : vanessabautista4_NR
- Publicado : Jueves 24 de Marzo de 2011 18:30 desde la IP: 187.134.146.116
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,133
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 24 de Marzo de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 216507
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Marzo de 2011 18:32 2011-03-24 18:32 desde IP: 187.160.104.5
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Autor
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AutorRespuesta No: 216509
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Marzo de 2011 19:01 2011-03-24 19:01 desde IP: 189.146.130.142
BUENAS TARDES:
Con respecto a su consulta, usted sólo puede promover la PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD, es decir, que el padre del menor pierda los derechos de decisión sobre el menor, por no haber cuidado de el, violencia y por no haberle proporcionado alimentos, sin emabrgo, no es posible que se le quiten los apellidos al menor, por que es un derecho de filiación o parentesco, adicional a que a consideración del juez, el hacer una anotación en el acta del menor sobre un juicio de este tipo afectaria al interés y desarrollo emocional del menor, toda vez que aun cuando haya una sentencia no se pueden modificar las actas de esa manera e inclusive, cuando hay un error mecanográfico en un acta y se subsana mediante juicio no hacen un acta nueva, solo se anota al final del acta que se hizo una corrección pero el acta queda igual.
Solo, procede el cambio de apellidos cuando existe una adopcion.
Espero le sea de utilidad la informacion que le proporcionamos.
Ortiz Rubio Legal Abogados
Especialistas en Derecho Familiar
Lic. Valeria Ortiz Rubio / Lic. Lizeth Ruiz Garay.
Tels. 4201 9327 / 5534591509.
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Autor
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AutorRespuesta No: 216517
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Marzo de 2011 19:40 2011-03-24 19:40 desde IP: 187.160.104.5
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Autor
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AutorRespuesta No: 216525
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Marzo de 2011 20:37 2011-03-24 20:37 desde IP: 187.194.9.8
yo quiero quitar de su acta el apellido de el y dejar solo el mio o los mios como madre soltera..."
caprichos...nunca!
¿CAMBIAR DE APELIIDOS?.- No se puede, los apellidos con los que aparece registrado el nombre de una persona constituyen el elemento formal y legal que identifica la filiación de una persona con sus progenitores. En nuestro país, México, solamente en los casos de modificación de dicha relación filial como adopción, reconocimiento judicial de paternidad diversa, entre otros, dan lugar al cambio de apellidos en el nombre. Sin embargo, le sugiero acudir con el abogado de su confianza. Saludos cordiales.
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