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INCLUMPLIMIENTO DEL HORARIO
- Consulta : 97098
- Autor : elmarquito
- Publicado : Viernes 07 de Enero de 2011 19:55 desde la IP: 200.92.105.25
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,130
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 07 de Enero de 2011
Antes que nada gracias a este foro por existir, seguramente quien busque informacion juridica la encontro aqui como yo he encontrado alguna informacion de gran ayuda para mi empresa (mini).
La ayuda que solicito es en base a que tengo un trabajador que desgraciadamente las llegadas tarde son ya parte de su cotidianidad, y a pesar de haber hablado con el sobre las llegadas tardes no ha cumplido y sigue con las mismas, es desesperante ver que llega un trabajador a su hora correcta y el otro no, como debido a que el trabajo normalmente se hace entre dos personas tengo que esperar a que este trabajador llegue a veces por mas de 30 minutos para que empiece la jornada de produccion.
Sepuede hacer algo de manera que se vea obligado a llegar a su hora con cierto limite de minutos de tolerancia y en cuyo caso que llegue posterior a lo acordado aplicar algun correctivo y de que tipo?
Saludos
Gracias David M.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 203639
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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Enero de 2011 19:57 2011-01-07 19:57 desde IP: 189.234.173.188
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Autor
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AutorRespuesta No: 203733
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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Enero de 2011 14:06 2011-01-08 14:06 desde IP: 200.77.0.183
Estoy completamente de acuerdo, pero lo que no deseo es pasarme de la raya (ley), mi primer correctivo ha sido el regresarlo a casa sin goce de sueldo, y al dia siguiente lo mismo, al parecer no afecta en mucho a su bolsillo, regularmente ocurre esto; habia pensado en que si lo hace dos dias seguidos.. al primer día lo regreso y al segundo lo castigo con dos dias mas sin asistir y sin goce de sueldo, se puede aplicar esyo?, y me gustaria hacer un escrito donde queda avisado de estas nuevas disposiciones, se puede tambien?
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 203734
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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Enero de 2011 14:11 2011-01-08 14:11 desde IP: 187.194.16.191
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Autor
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AutorRespuesta No: 203784
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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Enero de 2011 17:47 2011-01-08 17:47 desde IP: 189.208.200.29
Skineriff, con el debido respeto, si debido a tu condición de neófito del derecho, desconoces no solamente la Ley Federal del Trabajo, sino la filosofía jurídica, la doctrina, los principios generales de derecho y todo lo que sirve de sustento al derecho laboral, es preferible entonces que guardes silencio, pues lo único que logras es confundir a los consultantes, e impedirles que obren correctamente en las relaciones de trabajo que mantienen.
Al consultante, en atención a sus cuestionamientos, le informo.
Si usted tiene a un trabajador que habitualmente llega tarde a trabajar, lo único que tiene que hacer es no permitirle que inicie su jornada de trabajo, pues no tiene usted la obligación de hacerlo, ya que de conformidad con lo que señala el artículo 31, de la Ley Federal del Trabajo,el contrato de trabajo y la relación laboral obligan a lo pactado, que sea conforme con la ley y la equidad.
En consecuencia, es evidente que si al momento de ser contratado, a su trabajador se le asignó una jornada de trabajo, con la indicación precisa de la horaen que debe iniciarla y aquella en la que debe concluírla, ese trabajador está obligado entonces no solamente a llegar puntualmente al ventro de trabajo, sino también a empezar a prestar sus servicios; y si en el contrato de trabajo no se otorgó al trabajador, como consesión laboral, cierta tolerancia para que se presentara a trabajar, entonces no tiene porqué abrogarse ese deecho, ya que no le asiste ninguno para hacerlo.
Debe tomar en cuenta que usted tiene derecho a que el trabajador esté a su servicio, subordinado a sus órdenes, durante toda la jornada de trabajo, y no apartir de que el empleado decide llegar a trabajar, así como el trabajador tiene derecho a que, si labora íntegra su jornada labora,, usted le pague completo el salario que como contraprestación debe recibir; por tanto, el patrón no está obligado a pagar el salario, si el trabajador no presta el servicio.
Lo únbico que debe hacer, en caso que en el centro de trabajo no se lleve ningún control de asistencia de los trabajadores, esimplementar uno, que puede ser desde lasimple lista de asistencia, en que se asiente el nombre y categoría de cada trabajador, su jornada diaria, su horario y la hora de entrada y salida al trabaho, así como su firma, para que, si no llega puntualmente, no le permita trabajar, con el derecho a descontarle no nadamás el sueldo correspondiente al día en que incurre esa falta (que por el hecho de llegar tarde, se convierte en falta injustificada), sino también la parte proporcional al séptimo día de descanso, teniendo en cuenta que cuando el trabajador incurre en más de tres faltas injustificadas en un período de treinta días naturales (sin importar que sean contínuas o no las inasistencias, sino que solamente transcurran esos treinta días), usted podrá rescindirle justificadamente el contrato de trabajo, conforme a lo que señala el artículo 47, freaccióon X, de la Ley Federal del Trabajo, para lo cual, de tener que llegar a ese extremo, deberá cumplir con lo que señala elúltimo párrafo de dicho precepto, es decir, entregar al trabajador aviso escrito indicándole la fecha a partir de la cual se le rescinde su contrato de trabajo, las causas por las que lo hace (POR HABER INCURRIDO EN MÁS DE TRES FALTAS INJUSTIFICADAS EN UN PERÍODO DE TREINTA DÍAS, LOS DÍAS TAL Y CUAL), recbando su firma de recibido en copia de la misma comunicación.
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Autor
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AutorRespuesta No: 204045
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Enero de 2011 13:52 2011-01-10 13:52 desde IP: 200.56.184.46
Gracias Lic. Raúl Cadena.
Esto ya me quedo mas claro, gracias por la consulta tan explicita con responsabilidades de ambas partes.
Ahora necesito avisarle por escrito que a partir de la proxima semana se implementará la lista de asistencia y que al no llegar a tiempo lo puedo regresar, etc. Y si la respuesta es SI por escrito como me sugiere hacer y que debe contener el escrito?
Saludos
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