Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

MI PADRE NO HIZO TESTAMENTO

  • Consulta : 253513
  • Autor : adrianasalinasgarcia_NR
  • Publicado : Martes 20 de Enero de 2015 06:51 desde la IP: 187.138.255.220
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,133
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • adrianasalinasgarcia_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León
    Buenos días, mi padre murió hace poco más de un año, no dejó testamento, mi madre abandonó el hogar hace 35 años, actualmente yo tengo 40 años, somos 8 hermanos, mis padres se casaron bajo el régimen de sociedad conyugal. Mi madre ha iniciado el intestado, reclamando los bienes de mi padre que son dos propiedades, ella posee bienes que no incluye en el preceso, porque dice que eso es producto de su trabajo, pero sabemos que se hizo dentro de la sociedad, son bienes muebles e inmuebles los que adquirió. Además, ella se fué a E.U. y se casó allá, de eso hace más de 10 años, sin divorciarse en México, ya tiene ciudadanía de ese país, y procreó un hijo hace 30 años con otra persona, para agregarle otro detalle más. Mi pregunta, que le corresponde a mi madre, y que nos corresponde a los ocho hermanos?

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 372910

  • Lic. Anguiano
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buen día:

    El suyo es un caso interesante.

    PRIMERO: El matrimonio de su madre en Estados Unidos no es válido, ya que aún subsiste el matrimonio con su padre, esa situación es causal de que su madre pierda el derecho de heredar a su padre.

    SEGUNDO: Independientemente de que su Sra. madre haya adquirido sus bienes con el producto de su trabajo, esos bienes forman parte de la sociedad conyugal y desde luego su papá también era dueño del 50% de ello, por lo tanto deben Ustedes como hijos del de Cujus, denunciar ante el juez que está concienciando del juicio intestamentario de la existencia de esos bienes.

    Quedo a sus órdenes para cualquier duda.

    Saludos Cordiales



  • Autor
    Respuesta No: 373227

  • kity2001
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buenas tardes:

    Lic. Anguiano, una duda respecto al  primer punto, el matrimonio en E.U., ¿Es causal de que la madre pierda el derecho a heredar al padre o pierda el derecho a heredar lo del padre?

     ¿El delito de bigamia ya no existe?

    ¿Puede la madre perder la ciudadanía de E.U., en caso de llevar a cabo ese país una investigación por ocultar y falsear información?

    Le agradezco su atención.

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 373228

  • Lic. Anguiano
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Es causal de perder el derecho de heredar a su esposo, o sea al padre de Usted.

    En cuanto a la ciudadanía americana, está la obtuvo derivada del matrimonio que contrajo en ese país falseando información por lo tanto según la legislación mexicana es nulo de pleno derecho, desconozco la legislación americana, pero considero que ha de der muy similar a la mexicana en ese sentido, y por tanto pudiera ser objeto de la pérdida de la ciudadanía americana.



  • Autor
    Respuesta No: 373231

  • kity2001
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muy clara su respuesta Lic. Anguiano, le agradezco de antemano haber atendido la consulta.



  • Autor
    Respuesta No: 373234

  • kity2001
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buscaré un abogado en el Estado en el que radico, que me asesore adecuadamente  con las circunstancias que tiene el caso, ya que pedí asesoría a un Licenciado, y su respuesta fué que ella tiene el derecho sobre los bienes de mi Padre, el cincuenta por ciento, y del cincuenta restante distribuido entre ocho y más ella, o sea nueve, también le corresponde.

    Le informe absolutamente todo, su opinión fue que no tiene validéz alguna todo lo que hizo la señora, ni el abandono de hogar, haber procreado un hijo en una relación diferente al matrimonio y haberse casado otra vez ESTANDO CASADA.

    Espero la ley esté de nuestra parte, ya que no es justo después de no saber nada de ella en treinta y cinco años, tristemente aparezca solo a reclamar los bienes materiales.

    De nuevo, gracias Lic. Anguiano



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión