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DERECHOS SOBRE APARTAMENTO
- Consulta : 175433
- Autor : kenymendoza2009_NR
- Publicado : Domingo 04 de Noviembre de 2012 01:27 desde la IP: 190.203.249.37
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,134
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 04 de Noviembre de 2012
Estado de Referencia: Yucatán
buenas noches, mi caso es el siguiente vivo con el padre de mis hijos desde hace 3 años , pero no estamos casad ni tenemos un concubinato legalizado, los niños son menoree edad uno tiene 15 años y una bebe de 4 meses, sin embrago desde hace 10 meses , el y yo no tenemos nada pero sigo viviendo en el apartamento sin embargo el me corre de a casa porque el la compro a su nombre, mi pregunta es tengo derechos sobre ese apartamento, gracias le agradecera su asesoria -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 290797
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Fecha de respuesta: Domingo 04 de Noviembre de 2012 01:59 2012-11-04 01:59 desde IP: 189.177.20.22
Buenas tardes ustedes tienen derecho a una pensión alimenticia tú y tus hijos respecto de los bienes al concubinato le corresponde la sociedad conyugal es decir la mitad de los bienes te corresponden si es que se adquirió durante el tiempo que estuvieron juntos, para acreditar el concubinato no tendrás problemas ya que si tu hijo mayor tiene 15 años y la otra pequeña de meses por lo tanto será fácil que acredites los 15 años que han vivido como un matrimonio, con independencia a el concubinato repito la pensión alimenticia acredites o no el concubinato es obligación legal que la proporcione busca a un abogado de tu estado con especialidad en derecho familiar, pero espero se tranquilice el no puede correrla ya que seguramente ese departamento es también de usted por lo menos el 50 % . Abogados enruz le asesora legalmente con gusto esta a sus órdenes w. w. w. enruz . c o m . m .x .
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AutorRespuesta No: 290798
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Fecha de respuesta: Domingo 04 de Noviembre de 2012 02:05 2012-11-04 02:05 desde IP: 189.177.20.22
Buenas tardes ustedes tienen derecho a una pensión alimenticia tú y tus hijos respecto de los bienes al concubinato el regimén que les aplica es el de sociedad conyugal, es decir la mitad de los bienes te corresponden, si es que se adquirió durante el tiempo que estuvieron juntos, para acreditar el concubinato no tendrás problemas ya que tus hijos serviran como una presunción de que vivieron como un matrimonio, con independencia a el concubinato repito la pensión alimenticia acredites o no el concubinato, es obligación legal que la proporcione, si no se adquirió el bien durante este tiempo servira para garantizar que cumpla con la obligación de dar alimentos, busca a un abogado de tu Estado con especialidad en derecho familiar, pero espero se tranquilice el no puede correrla ya que seguramente ese departamento es también de usted por lo menos el 50 % . Abogados enruz le asesora legalmente con gusto esta a sus órdenes w. w. w. enruz . c o m . m .x .
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