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FRAUDE POR SIMULACIóN
- Consulta : 100937
- Autor : alucard2009_NR
- Publicado : Sábado 05 de Febrero de 2011 15:06 desde la IP: 189.128.175.212
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,133
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 05 de Febrero de 2011
Estado de Referencia: Puebla
Cometi fraude por simulacion, ya que invente que habia vendido mi bodega (que es lo unico que tengo a mi nombre), hice un contrato privado de compraventa (con fecha de hace unos cinco años) con un amigo y arregle que este me demandara el otorgamiento de escritura publica, yo no conteste la demanda, pero me han citado en el ministerio publico, y mi pregunta es ¿si el actor se desiste del juicio simulado nos podemos librar?, pues asi ya no habria un beneficio de nu8estra parte y ya no afectaria al acreedor defraudado, creo que ya no se reunirian los elementos del cuerpo del delito. aun que un maestro de la facultad me explico que tratando se por ejemplo del delito de robo, no importa que el ladron despues de apoderarse del bien robado, lo abandone. quiero saber tambien si puede ser castigado el abogado que me dijo que simulara el contrato y juicio.
soy de Huixcolotla, Puebla.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 208945
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Fecha de respuesta: Sábado 05 de Febrero de 2011 15:28 2011-02-05 15:28 desde IP: 189.163.235.201
Bueno, aquí, el delito ya está consumado, ya que la conducta típica es precisamente la simulación del acto jurídico, y eso ya está perfectamente acreditado, ya que no se necesita en este tipo penal el obtener el lucro, sino basta con simular el acto jurídico en perjuicio de tercero, por lo que aún cuando desistas de la demanda, el delito ya está hecho.
Sin embargo en muchas legislaciones tratándose de delitos patrimoniales, existen excluyentes de responsabilidad si se paga íntegramente el daño y acreditas un modo honesto de vivir.
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