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ORIENTACIóN SOBRE ACUERDO DE MANUTENCIóN

  • Consulta : 226120
  • Autor : rogeralcocer23_NR
  • Publicado : Martes 01 de Abril de 2014 08:26 desde la IP: 187.150.23.169
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,131
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  • Autor
    Consulta

  • rogeralcocer23_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Campeche

    buenos dias, escribo pidiendo orientacion. 

    explicare lo mejor que pueda la situacion, tenpo una niña de 8 meses, ella no esta reconocida por mi, su madre y yo nos separamos (no casados, eramos solo novios) y a la semana nos enteramos de que estaba embarazada, y tubimos problemas personales lo que hizo que al momento de su nacimiento ni me avisara, cuando la bebe tenia poco mas de un mes ella por voluntad propia me la trajo y apartir de ahi intentamos regresar pero fracaso, dede el moomento de que conoci a la niña yo me hice responsable de sus gastos y quedamos en un acuerdo para que yo la reconociera cosa que por algunas problematica con los documentos de la mama de la niña no se ha llevado acabo, como dije me encargo de los gastos de la bebe intenamos regresar ella vino a vivir conmigo a los dos meses ella decidio irse con sus papas, y aun asi yo sigo comprando sus cosas y absorviendo gastos de doctor y medicamentos, ella no me niega ver a mi niña pero no quiere que la traiga a mi casa yo le pido que quiero pasar tiempo digamos mas relajado y de calidad incluso estando ella precente osea los tres que pueda venir a mi domicilio digamos un domingo y este unas horas conmigo y ella no me deja solo quiere que la vea en la puerta de su domicilio, cabe mencionar que en mi casa mi familia (mis padre y hermanos) la tratan muy bien, hace una semana ella me pidio que pongamos la ley de pormedio para lo que respecta a su manutencion, yo le dije que si es lo que quiere que adelante, pero mi pregunta es que tan complicado puede ser yo no me niego a nada lo que dicte la ley lo acato pero al hacer esto ella puede seguir negandome que la bebe conviva con migo solo verla en la puerta de su casa? 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 350633

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted no ha comparecido ante el Oficial del Registro Civil a reconocer a la niña como hija suya, usted no está obligado a darle alimentos, aunque tampoco puede exigir convivir con la menor, en virtud de que legalmente, usted no es el padre de la infante.

    Por otra parte, lo que manifiesta respecto a que la madre no ha podido llevar a registrar el nacimiento de la niña por alguna problemática con sus documentos, es un mero pretexto, ya que lo que necesita para hacerlo es solamente el certificado de nacimiento de la menor, por lo que los documentos de la madre, no tienen nada que ver con el registro.

    Si la madre se niega a que usted la compañe al Registro Civil y ambos reconozcan a la niña como su hija, entonces, una vez que la señora la registre como madre soltera, usted podrá demandar el reconocimiento de la paternidad, para lo cual requerirá contratar a un abogado especialista en Derecho Familiar, y durante el juicio, ofrecer y deshogar la prueba pericial en genética; si con dicha probanza se demuestra que usted es el padre, el juez, al dictar sentencia, ordenará que se hagan las anotaciones correspondientes en el acta de nacimiento de la niña y se haga constar que usted es el padre; a partir de ese momento está obligado a proporcionarle alimentos y podrá convivir con la menor y ejercer la patria potestad.

    Si la madre se niega a las convivencias, entonces también deberá demandar por la fijación de un régimen de convivencias.



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