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EJERCITAR EL DERECHO DEL CESIONARIO

  • Consulta : 246599
  • Autor : duina_minutti_NR
  • Publicado : Jueves 30 de Octubre de 2014 00:53 desde la IP: 189.191.138.63
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,128
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  • Autor
    Consulta

  • duina_minutti_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Tengo un contrato de cesion de derecho, en el cual el hijo celebra un cotrato de cesion de derechos a sus padres.  en una de sus declaraciones el cedente dice ser titular de un derecho de propiedad de un inmueble (especifica el lugar y las medidas y colindancias), en su segunda declaracion expresa que el "hijo" que comprueba la propiedad mediante una solicitud a una Asociacion civil inmobiliara. y por ultimo que la parte cesionaria  acepta en hacerse cargo de los pagos faltantes  y de firamr ante la asiacion de acuerdo a las condiciones establecidas por esa.

    Por otro lado, en las clausulas menciona:

    que el cesionario cede a la parte cesionaria el predio descrito en la declaracion primera por el presente contrato con todo lo que de hey por derecho le corresponde a la parte concesionaria.

    que la parte cesionaria se obliga mediante el presente contrato a responder ante la "asociacion civil inmobiliarai" a toda s y cada una de las obligaciones contraidas del "hijo" como propias y que se copromete a acudir ante la asocacion civil a regularizar los pagos relativos de la propiedad. 

    que la parte cedente declara que ha hecho entreega de la posesion material de la casa a la parte cesionaria.

     

    Me surgen dos dudas. Debo notificar al deudor, en ese caso a la inmobiliaria, para que le sea otorgado la escritura publica al cedente. o debo hacerlo al cesionario....

    segundo, la accion del cesionariodebe ser mediante una consignacion de pago, en la que manifestará que ha cumplido con los pagos, acto continuo el cedente debe cumplir con la devolucion del pago al cesionario....

    o bien y de acuerdo a las fechas, si el cedente otorgo la posesion al cesionario, este puede ejercer la prescripcion adquisitiva....

     

    Gracias

     

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