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MI BALCóN ES PROPIEDAD PRIVADA O COMúN
- Consulta : 110151
- Autor : felipe_nr_NR
- Publicado : Miércoles 20 de Abril de 2011 20:42 desde la IP: 189.217.83.164
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,147
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 20 de Abril de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes:
Soy propietario de un condominio con balcón que da a la calle.
Quisiera preguntar si el balcón es considerado propiedad (al ser parte de la escritura) o área común (si es que se considera parte de la fachada del edificio)
Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 220374
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Abril de 2011 21:33 2011-04-20 21:33 desde IP: 187.149.39.87
En su escritura debe estar especificado (Y en los planos del inmueble), si el balcón pertenece a su propiedad privada, lo más seguro es que, si el acceso al balcón es únicamente a través de su propiedad, sin tener otro acceso externo, pues si es parte de la misma, en caso contrario, lo más seguro es que es área común. Pero debe en todo caso estarse a lo que señalen las escrituras.
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