Estado de Referencia: Estado de México
hola buenos dias,
espero alguien pueda orientarme satisfactoeriamente, no pretendo de ninguna manera me hagan el trabajo que debo hacer como abogada, solo que no manejo la materia de amparo y necesito orientación, el caso es el siguiente:
Un señor se divorcia bajo el regimen sociedad conyugal, liquida la sociedad conyugal bajo convenio en donde una casa es para su exesposa esto es en el df (iztapalapa) y otra la del estado de mexico (neza) queda en su poder y dicha resolución del divorcio causó ejecutoria en fecha octubre 1998 y en noviembre de ese mismo año le notifican por conducto de terceras personas que tiene un supuesto adeudo su exesposa relativo al cobro de pagares, cuando el no se notifico durante el proceso mercantil. interpone en 2005 amparo pero lo sobreesen por no haber notificado por edictos a la tercera perjudicada, interpuso una denuncia de hechos por fraude procesal, simulación de hechos, misma que no prosperó, actualmente se esta haciendo un estudio minucioso de las actuaciones, y recuperando el amparo promovido en el cual estuvieron a su disposición los edictos y por no haberlos publicado oportunamente decidieron sobreseerlo.
mi pregunta es se puede promoveer un segundo amparo, nulidad de juicio concluido o cual seria su sugerencia, por su atención y ayuda les agradezco de antemano a todos los compañeros.
atentamente.
licenciada ivette cervantes s.