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FRAUDE CON PENSIóN ALIMENTICIA?
- Consulta : 261446
- Autor : dr.dreyemi_NR
- Publicado : Jueves 02 de Abril de 2015 10:48 desde la IP: 189.249.34.123
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,139
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 02 de Abril de 2015
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes!
Veran, desde hace un par de años me separe de mi esposa, desde el año 2000 y por esto me pide una pensión alimentica para mis dos hijos, uno de 21 y otro de 17, ella alega que me la pide ya que no trabaja, y que por eso la ley la proteje a ella, recientemente una amiga de ella me dijo que esta trabajando desde ese mismo año, con un sueldo y un trabajo de planta. Mi pregunta es: ¿Es considerado cómo fraude lo que esta haciendo mi esposa? ¿Puede pedirme dinero mientras ella trabaje?
Gracias, Saludos.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 377216
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Fecha de respuesta: Jueves 02 de Abril de 2015 12:42 2015-04-02 12:42 desde IP: 187.176.101.171
No, no es ningún fraude, ya que usted está obligado a dar alimentos a sus hijos, y claramente señala que la petici´n de su cónyuge fue precisamente para solventar las necesidades de ellos.
Por otra parte, aun cuando esos alimentos fueran para su cónyuge, tampoco constituye ningún ilpicito de parte de ella, ya que expresamente el artículo 302, del Código Civil del Distrito Federal establece en forma expresa que los cónyuges deben darse alimentos, y si usted y ella solamente están separados, pero no divorciados, entonces sigue siendo su esposa y, por ende, usted está obligado a darle los alimentos; en todo caso, su obligación pudiera ser menor por el hecho que su cónyuge trabaje y, después de cumplir también con la obligación que a ella le corresponde de dar alimentos a sus hijos, dispusiera de los recursos económicos suficientes para satisfacer parcial o totalmente sus propias necesidades alimenticias.
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