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OBLIGACIONES DE PENSION
- Consulta : 127814
- Autor : charxw_NR
- Publicado : Jueves 13 de Octubre de 2011 22:49 desde la IP: 189.236.105.234
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,135
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 13 de Octubre de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Me divorcié hace 12 años. Llegamos a acuerdo del 25% de pensión, por diversas razones no cumplí con mi obligación de ésta, solo cubrí parcialmente en forma eventual. Mi hija tiene 25 años desde hace unos meses, terminó de estudiar y trabaja.
¿ Que obligaciones tengo actualmente?
¿Pueden demandarme todavia?
¿Puedo ofrecerle un bien a cambio?
¿Aparte tengo la obligación de heredar?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 241972
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Fecha de respuesta: Jueves 13 de Octubre de 2011 23:03 2011-10-13 23:03 desde IP: 187.194.50.148
1... ya cumplio la mayoria de edad... ya temino la carrera... ya trabaja... no le tienes que dar o compenasar con nada...
2...que te demande y tu tendras que demostrar que si le diste...
3...obligaciòn de heredar?... que es eso...?... yo con mis cosas hago lo que yo quiero... si es mi deseo dejarle algo o darlo a la caridad mientras este en vida... ella nada puede alegar... ni a favor,... ni encontra... heredar no es una obligaciòn... es un beneficio en caso de wue te mueras...y no dejaras testamento... ella podrìa inciiarl el juicio sucesorio intstamentario sobre los bienes que tu hubieras dejado.... pero nada mas... no es una obligacion heredar...
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