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JUICIO INTESTAMENTARIO, VENTA DE EDIFICIO

  • Consulta : 124486
  • Autor : eduvazquez45
  • Publicado : Viernes 02 de Septiembre de 2011 23:30 desde la IP: 189.137.145.4
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,132
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  • Autor
    Consulta

  • eduvazquez45
    USUARIO REGISTRADO

    hola buenas noches, mi consulta es la siguiente, a mi papa le dejaron una herencia con testamento junto con tres hermanos se llevo a cabo el juicio hasta la adjudicacion de bienes, pero mi papa fallecio y no dejo testamento, se inicio el juicio intestamentario y se nombro herederos y albacea que es mi mama, la pregunta es si en este paso del juicio intestamentario se puede vender el edificio, ya que los hermanos de mi papa tienen un comprador y dicen que podemos vender porque ya nos nombraron herederos, espero haberme explicado bien y les agradeceria si me orientaran, gracias

            

     

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  • Autor
    Respuesta No: 237870

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si ya está debidamente representado el heredero que falleció, efectivamente ya pueden proceder a la venta del inmueble o de los inmuebles que conforman la masa hereditaria.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 237903

  • eduvazquez45
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buenas noches, gracias por tu respuesta, cuando me dices que si esta debidamente representado me supongo que te refieres a que en el juicio intestamentario nos nombraron herederos universales, si nos nombraron herederos y a mi mama se le nombro albacea, pero no se hizo invertario de bienes ni dice especificamente que bienes son los que nos corresponden, gracias



  • Autor
    Respuesta No: 237906

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si, no importa que no hayan agotado todas las secciones del intestado de tu padre.

    Respecto a la herencia que adquirió antes de fallecer, tu madre como albacea, representa a la sucesión de tu padre, que son ustedes.

    De la parte de herencia que le toca a tu papá, posteriormente se puede hacer el inventario y avalúo de estos bienes y los que tu padre haya tenido independientemente de la herencia y subsecuentemente, se podrán adjudicar entre los herederos de tu padre.

    Saludos.



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